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    <title>La Voz de San Justo</title>
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    <updated>2026-04-13T18:40:06+00:00</updated>
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            ARCA flexibiliza la exclusión de retenciones y percepciones de IVA para algunos contribuyentes
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9x_vXR_R8nyL_aM7JOQqvt1mrbQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/10/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) flexibilizó el régimen de exclusión de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del Impuesto al Valor Agregado (IVA), mediante la Resolución General 5774/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial.</p><p>La medida facilita el procedimiento para aquellos contribuyentes que reciben subsidios estatales, compensaciones tarifarias y/o fondos por asistencia económica efectuados por parte del Estado Nacional y/o que tributan con alícuota reducida en el IVA.</p><p>El texto oficial precisa que en los mencionados casos y siempre que no dispongan de un régimen de devolución de saldos técnicos del gravamen que se encuentre operativo, el juez administrativo competente podrá resolver el recurso sin considerar el requisito del inciso h) del artículo 4° de la Resolución General 2226, lo que agiliza la obtención del certificado de exclusión.El referenciado requisito exige al contribuyente mantener una “relación coherente entre los débitos y créditos fiscales que se declaran en cada período”, evitando la existencia de un saldo técnico a favor del fisco de manera recurrente, salvo las excepciones que prevé la propia norma.</p><p>La normativa también establece que cuando la disconformidad presentada sea resuelta a favor del reclamante, el certificado de exclusión se publicará en el sitio “web” institucional y producirá efectos a partir del día de dicha publicación, inclusive.</p><p>La decisión fue argumentada en función a “razones de administración tributaria y complementando las medidas de alivio impulsadas por el Poder Ejecutivo Nacional', para considerar procedente flexibilizar, ante determinadas situaciones, la obtención del “Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del Impuesto al Valor Agregado”.</p><p>La resolución entra en vigencia a partir de este 21 de octubre “resultando de aplicación inclusive para las disconformidades que se encuentren pendientes de resolución a dicha fecha”.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9x_vXR_R8nyL_aM7JOQqvt1mrbQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/10/arca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo permite omitir un requisito clave en el trámite de exclusión.]]>
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                <published>2025-10-21T11:40:10+00:00</published>
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            Es oficial la disolución de la AFIP y la creación de la nueva agencia ARCA
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SEvy3GxaIfE9knfMC3XG8HjBFGw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional dispuso la disolución de la Afip mediante el decreto 953/2024 y anunció la creación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), bajo la órbita del Ministerio de Economía.&nbsp;</p><p>Esta nueva entidad tendrá a su cargo la gestión de los recursos tributarios y aduaneros con una estructura simplificada que busca mejorar la eficiencia y especialización en la recaudación y el control aduanero.</p><p>La Arca se establece con el objetivo de optimizar los recursos, simplificar funciones y reducir la sobredimensión que había adquirido la estructura de la Afip.&nbsp;</p><p>Según el decreto, la nueva agencia se propone como una solución para mejorar el control tributario y aduanero mediante una operatividad más ágil, en línea con las políticas de reorganización y transparencia administrativa impulsadas por el Poder Ejecutivo.</p><p>En complemento, el Decreto 954/2024 designa a Florencia Lucila Misrahi como directora Ejecutiva de la Arca, quien estará a cargo del organismo por un período de cuatro años.</p><p>Andrés Edgardo Vázquez asumirá como director General de la Dirección General Impositiva, mientras que José Andrés Velis fue nombrado como director General de la Dirección General de Aduanas. Con estos nombramientos, el Gobierno busca asegurar la continuidad de las funciones esenciales en materia de recaudación y control aduanero en un contexto de reforma del Estado.</p><p>La nueva agencia será la responsable de las tareas de fiscalización y recaudación tributaria, así como del control de la seguridad social y las operaciones aduaneras, asumiendo además las funciones y competencias de la disuelta AFIP.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SEvy3GxaIfE9knfMC3XG8HjBFGw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La nueva entidad será la responsable de las tareas de fiscalización y recaudación tributaria.]]>
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                <published>2024-10-25T15:08:09+00:00</published>
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            Trabajadores de AFIP definen medidas de fuerza: &quot;No serán toleradas desvinculaciones en base al origen político&quot;
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/H_bnAFzGBpQVPY24hpPHS4Eavbc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El sindicato AEFIP, que representa a empleados de la AFIP, definirá en las próximas horas medidas de fuerza en rechazo a la disolución del organismo que anunció el Gobierno.</p><p>"No hay margen para evitar un plan de lucha", sostuvo Pablo Flores, titular de AEFIP, en declaraciones periodísticas.</p><p>Y agregó: "Vamos a sacar el estado de alerta general, vamos a hacer movilizaciones y haremos más medidas en cuanto conozcamos los detalles. Lo más preocupante son los 3.100 puestos de trabajo de compañeros".</p><p>"Si ellos evalúan que hay mucha gente en el Estado, la verdad es que en todas las áreas hay reclamos de falta de personal", señaló Flores.</p><p>El vocero presidencial, Manuel Adorni, detalló que en lugar de la AFIP, se creará la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), un organismo con menos costos y burocracia.</p><p>La medida implicará una reducción del 45% en las autoridades superiores y un 31% en los niveles inferiores, lo que supone una eliminación del 34% de la estructura actual y un ahorro estimado de 6.400 millones de pesos al año.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/H_bnAFzGBpQVPY24hpPHS4Eavbc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Pablo Flores, titular del gremio de empleados del organismo, aseguró que "no hay margen para evitar un plan de lucha" tras la disolución que anunció el Gobierno de Javier Milei.]]>
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                <updated>2024-10-22T12:41:54+00:00</updated>
                <published>2024-10-22T12:41:21+00:00</published>
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            El Gobierno disolvió la AFIP: impuestos y Aduana van a una agencia simplificada
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SEvy3GxaIfE9knfMC3XG8HjBFGw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno anunció la disolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) como parte de su plan de reducción del Estado y eliminación de estructuras ineficientes. En su lugar, se creará la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), un organismo con menos costos y burocracia.</p><p>La medida implicará una reducción del 45% en las autoridades superiores y un 31% en los niveles inferiores, lo que supone una eliminación del 34% de la estructura actual y un ahorro estimado de 6.400 millones de pesos al año.</p><p>Además, se procederá a la desvinculación de 3.155 empleados que ingresaron de manera irregular durante el último gobierno kirchnerista, lo que representa el 15% del personal actual de la AFIP.</p><p>La nueva ARCA también eliminará la Cuenta de Jerarquización para altos cargos, lo que reducirá el salario de su titular a unos 4 millones de pesos, equiparándolo con el de un ministro. Los salarios de los directores de la Dirección General Impositiva (DGI) y la Dirección General de Aduanas (DGA) seguirán el mismo esquema.</p><p>La dirección de ARCA estará a cargo de Florencia Misrahi, acompañada por Andrés Gerardo Vázquez en la DGI y José Andrés Velis en la DGA, quienes liderarán el proceso de reorganización y profesionalización del nuevo organismo.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SEvy3GxaIfE9knfMC3XG8HjBFGw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se creará la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).]]>
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                <updated>2024-10-21T20:26:41+00:00</updated>
                <published>2024-10-21T20:26:38+00:00</published>
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            Lucas Péndola: &quot;La nueva resolución de Afip trae optimismo al sector inmobiliario&quot;
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        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/lucas-pendola-la-nueva-resolucion-de-afip-trae-optimismo-al-sector-inmobiliario" type="text/html" title="Lucas Péndola: &quot;La nueva resolución de Afip trae optimismo al sector inmobiliario&quot;" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ArhTknCY24JIIMi78jMvMYgQ86M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/08/lucas_pendola.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Lucas Péndola, presidente del Colegio Profesional de Inmobiliarios de Córdoba, se mostró a favor de la reciente resolución de la Afip que elimina la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles, una medida que, según él, presenta tanto desafíos como oportunidades para el sector.</p><p>"Un poco lo que nos preocupa es el caso en que los locadores -los propietarios- no quieran inscribir los contratos de locación, porque ya no tienen la obligación de hacerlo, y los inquilinos sí lo quieran hacer, porque para obtener los beneficios tributarios deben estar registrados. Por lo tanto ahí vemos una incongruencia. Nos preguntamos qué va a suceder cuando un locador no quiere inscribir el contrato en Afip y un inquilino sí lo quiere hacer", señaló Péndola a LA VOZ DE SAN JUSTO.</p><p>A pesar de este punto gris, Péndola tiene una visión optimista sobre el impacto general de la medida. "Creemos que es una luz verde para el sector, que puede ser una medida muy importante. Somos optimistas y creemos que pueden aparecer nuevos inmuebles que no estaban siendo alquilados justamente por propietarios que no querían, por la situación fiscal de cada contribuyente, volcar estos inmuebles en el mercado de alquileres. Consideramos que con esta medida van a aparecer más inmuebles en el mercado en la oferta de alquileres", explicó.</p><p>Péndola también reflexiona sobre los efectos de la derogación de la ley de alquileres 27.551, mencionando que la medida ha tenido un impacto positivo en el mercado. "Nosotros en el Colegio siempre hemos sido coherentes y veníamos advirtiendo que la ley de alquileres le iba a hacer muchísimo daño al sector. Eso sucedió y hoy, seis meses después de la derogación de la ley, vemos que el mercado se ha acomodado y está funcionando con total normalidad. Contrariamente a lo que muchos pensaban, que el mercado y la libertad de contratación iba a traer caos al mercado, no solo que eso no sucedió, sino que hoy hay mucha más oferta y han bajado los precios."</p><p>Finalmente, Péndola ofreció una perspectiva sobre la situación actual para quienes buscan alquilar. "Para quien hoy esté transitando la búsqueda de un inmueble en alquiler, tiene opciones para ver, precios para comparar. No nos olvidemos de dónde venimos. El 2023 ha sido un año donde en algunos casos era una odisea conseguir un inmueble disponible para alquilar. Hoy hay opciones para ver, los precios han bajado y estamos trabajando, estamos viendo mucho los contratos de 24 meses con actualizaciones cada cuatro meses, siempre en pesos."</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ArhTknCY24JIIMi78jMvMYgQ86M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/08/lucas_pendola.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente del Colegio Profesional de Inmobiliarios de Córdoba se mostró a favor de la medida que elimina la obligación de registrar los contratos de alquiler.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2026-04-13T18:40:06+00:00</updated>
                <published>2024-08-13T23:38:24+00:00</published>
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        <title>
            Eliminan la obligación de registrar en AFIP los contratos de alquiler
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xlxe8yO3ALcoKCjAo_JjWejSEDE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/08/contrato_alquiler.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, aunque sí deberán hacerlo aquellos contribuyentes que deseen obtener los beneficios fiscales que otorga la ley.</p><p>La norma rige a partir de la Resolución General 5545/2024 que se publicó hoy en el Boletín Oficial y deriva del Decreto 70/2023 que derogó la ley de Alquileres 27.551.</p><p>La resolución marca que desde hoy los propietarios ya no tendrán que inscribir los contratos en el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)” para su validez.</p><p>Al mismo tiempo, la nueva resolución de AFIP establece que los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias -contemplados en la ley 27.737- deberán declarar sus contratos de alquiler en el RELI antes el 30 de septiembre de 2024 o 15 días corridos posteriores a su celebración.</p><p>Los interesados deberán hacerlo a través de la web del organismo. Quienes ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, excepto que haya modificaciones o actualizaciones.</p><p>En línea con dicha medida los contribuyentes, por medio de la Resolución General Nro. 5547/2024 también publicada hoy, con relación al impuesto a las ganancias, se dispuso la eliminación de la obligación por parte del empleado en relación de dependencia de adjuntar -en el servicio SiRADIG- una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación.</p><p>Este requisito resultaba necesario para tener acceso a las deducciones del 40% y del 10%, respectivamente, de las sumas pagadas por este alquiler.</p><p>Vale recordar que &nbsp;la AFIP ya derogó el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el documento que debía emitirse al vender un automotor o motovehículo usado y radicado en el país. Además, en lo que va de la actual gestión, el organismo derogó las resoluciones generales que obligaban a productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas al año con su cosecha, y, en el mismo sentido, derogó el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar el comercio exterior.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xlxe8yO3ALcoKCjAo_JjWejSEDE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/08/contrato_alquiler.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Solamente habrá que hacerlo si los propietarios quieren adherirse a beneficios fiscales.]]>
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                <updated>2024-08-12T12:00:54+00:00</updated>
                <published>2024-08-12T12:00:48+00:00</published>
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        <title>
            La AFIP estableció un plazo especial para Ganancias
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yXo0-RFAlrpq7XO2BAsZ5sf5qPw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/08/afip_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un plazo especial y excepcional hasta el cual se considerarán presentadas en término las declaraciones juradas y el pago del saldo del impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular, correspondientes al período fiscal 2023, sin perjuicio de no modificarse las fechas de vencimiento establecidas oportunamente.&nbsp;</p><p>A su vez, definió un ingreso especial de un importe a cuenta con vencimiento en el mes de agosto de 2024.A través de la Resolución General N° 5548/24, la medida recepta las necesidades planteadas por las entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas, con el fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, resguardando también los ingresos fiscales.</p><p>Según lo dispuesto por el organismo, las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y pago, serán consideradas en término, hasta las siguientes fechas:</p><p>TERMINACIÓN CUIT &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;FECHA DE PRESENTACIÓN &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; FECHA DE PAGO&nbsp;</p><p>0, 1, 2 y 3 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; 18/09/2024 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; 19/09/2024&nbsp;</p><p>4, 5 y 6 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; 19/09/2024 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; 20/09/2024&nbsp;</p><p>7, 8 y 9 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; 20/09/2024 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; 23/09/2024</p>Ingreso especial de un importe a cuenta<p>Adicionalmente, para los contribuyentes y responsables que opten por realizar la presentación y pago hasta las fechas detalladas, AFIP estableció ingresos especiales de importes a cuenta paralos impuestos a las Ganancias y Bienes Personales del 40% sobre la base de cálculo de los anticipos del período fiscal 2023.</p><p>Según lo dispuesto por el organismo, el calendario de vencimientos para su pago operará de la siguiente forma:</p><p>TERMINACIÓN CUIT &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; FECHA DE PAGO&nbsp;</p><p>0, 1, 2 y 3 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; 26/08/2024&nbsp;</p><p>4, 5 y 6 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; 27/08/2024&nbsp;</p><p>7, 8 y 9 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;28/08/2024</p><p>No estarán obligados al ingreso especial de ese importe y podrán realizar la presentación del plan de facilidades de pago establecido para los impuestos anuales, los contribuyentes y responsables que presenten las declaraciones juradas y realicen el pago hasta las fechas de vencimiento establecidas oportunamente, que se detallan a continuación:</p><p>TERMINACIÓN CUIT &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;FECHA DE PRESENTACIÓN Y PAGO&nbsp;</p><p>0, 1, 2 y 3 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; 26/08/2024&nbsp;</p><p>4, 5 y 6 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; 27/08/2024&nbsp;</p><p>7, 8 y 9 &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; 28/08/2024</p><p>Los contribuyentes y responsables que no regularicen bienes en el Régimen de Regularización de Activos, podrán realizar la manifestación de la opción de adhesión y pago inicial del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) hasta las fechas antes indicadas.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yXo0-RFAlrpq7XO2BAsZ5sf5qPw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/08/afip_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>También habrá para Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2023]]>
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                <updated>2024-08-10T15:29:11+00:00</updated>
                <published>2024-08-10T15:28:28+00:00</published>
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        <title>
            La AFIP fijó una prórroga para los anticipos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/sKt73xwIPwNNC_cwihTmuljHcTc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/08/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el vencimiento para el ingreso de anticipos de los impuestos a las ganancias y bienes personales correspondientes al período fiscal 2024, aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas.</p><p>De esta forma, el vencimiento del pago del primer y segundo anticipo de estos impuestos, que originalmente vencía en agosto y octubre de 2024, operará en octubre y noviembre de 2024, respectivamente.</p><p>Los anticipos son pagos a cuenta de un determinado impuesto al que está obligado un contribuyente.</p><p>Estos pagos se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de presentar la correspondiente declaración jurada.</p><p>Deberán abonarlo todas las personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en alguno de los dos impuestos deben determinar cinco anticipos e ingresar a cada uno de ellos.</p><p>Los contribuyentes podrán solicitar la reducción desde el tercer anticipo, inclusive, cuando considere que la suma a abonar por anticipos superará el importe definitivo de la obligación del período fiscal al cual deba imputarse esa suma.</p><p>Para efectuar esta solicitud, se debe ingresar al servicio con clave fiscal "Cuentas Tributarias" y seleccionar la opción "Reducción de anticipos". Finalmente, el contribuyente deberá abonar el importe que surja de la estimación realizada a través de un Volante Electrónico de Pagos (VEP).</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/sKt73xwIPwNNC_cwihTmuljHcTc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/08/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure>De esta forma, el vencimiento del pago del primer y segundo anticipo de estos impuestos, se extiende dos meses.]]>
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                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                <updated>2024-08-09T12:01:16+00:00</updated>
                <published>2024-08-09T11:59:52+00:00</published>
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            Escasez de dólares: AFIP fijó nuevas condiciones para el blanqueo
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GXt7m4YHm5k9upyCG0_56CrEK5E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/07/dolares.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó nuevas normas de registración para residentes y no residentes que quieran adherir al blanqueo y condiciones para evitar el pago de las multas.&nbsp;Lo hizo a través de la Resolución General N° 5.528 publicada en el Boletín Oficial.</p><p>Los residentes “deberán poseer Código Único de Identificación Laboral (CUIL), Clave de Identificación (CDI) o Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con estado administrativo “Activo: sin limitaciones”.</p><p>También podrán tener las siguientes categorizaciones: “Limitado por Falta de Inscripción en Impuestos/Regímenes” o “Limitado por Falta de Presentación de Declaración Jurada” o “Limitado por Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada” o “Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico”.</p><p>Los sujetos no residentes que fueron residentes fiscales argentinos tendrán que designar un responsable que deberá gestionar el alta a través del servicio con clave fiscal “Sistema Registral”.</p><p>En otro orden, a los efectos de acreditar la titularidad, posesión, tenencia o guarda al 31 de diciembre de 2023 y la valuación de los bienes regularizados, deberán aportarse, junto con la declaración jurada de regularización, las constancias fehacientes y/o documentación respaldatoria que se establece en cada caso, conforme las pautas establecidas en este anexo.</p><p>Por otro lado, la AFIP determinó que “el dinero en efectivo que sea regularizado bajo el blanqueo y que sea depositado y/o transferido a una Cuenta Especial de Regularización de Activos será excluido de la base de cálculo para la determinación de la base imponible del Impuesto Especial de Regularización tampoco integrará la base imponible del Impuesto Especial de Regularización.</p><p>Y añadió: “Si los fondos depositados en dichas cuentas son transferidos a cualquier otra cuenta antes del 31 de diciembre de 2025, corresponderá tributar el Impuesto Especial de Regularización, a través de la retención del 5%.</p><p>En consecuencia, “si los fondos depositados en dichas cuentas no cumplen lo señalado ni se destinan a alguna de las inversiones y/o finalidades deberán pagar el 5%".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GXt7m4YHm5k9upyCG0_56CrEK5E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/07/dolares.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo fijó nuevas normas de registración para residentes y no residentes que quieran adherir al blanqueo y condiciones para evitar el pago de las multas. Lo hizo a través de la Resolución General N° 5.528 publicada en el Boletín Oficial.]]>
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                <updated>2024-07-30T15:59:54+00:00</updated>
                <published>2024-07-30T15:59:31+00:00</published>
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            Oficializan cambios en el monotributo: cómo quedaron las escalas
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/oficializan-cambios-en-el-monotributo-como-quedaron-las-escalas" type="text/html" title="Oficializan cambios en el monotributo: cómo quedaron las escalas" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hpmEMCZRnIs21D2JIzOEpTS7TmM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/07/monotributo_afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno oficializó este miércoles las modificaciones que se introdujeron en el monotributo con la sanción de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, mediante el Decreto 661/2024 publicado en el Boletín Oficial.</p><p>La normativa precisó que a partir del 2025 la AFIP actualizará los parámetros de facturación en enero y julio de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, detallando que “los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización, inclusive”.</p><p>Asimismo, aclaró que cuando de la proyección anual “surja que el sujeto queda excluido del régimen, por haberse superado los límites máximos aplicables, el pequeño contribuyente permanecerá dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), debiendo encuadrarse -hasta la próxima recategorización semestral-, en la Categoría K”.</p><p>El texto oficial también explicó que las personas que hayan renunciado, pero continúan con su actividad podrán volver a adherir al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) en cualquier momento, en la medida en que cumplan con ciertas condiciones exigidas, en la categoría que les corresponda.</p><p>Con la reglamentación de los cambios quedan vigentes los aumentos en los montos de facturación, que según la categoría suben del 201% al %301; en el precio unitario de venta, que para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías; y en los alquileres devengados anuales, que aumentan del 211% al 309%.</p><p>Al puntualizar sobre los beneficios que conlleva esta medida para los monotributistas, desde el Ministerio de Economía remarcaron que “el máximo actualmente pasa a ser de $68 millones”, cuando “anteriormente los máximos eran de $17 millones en ventas de cosas muebles y $13,3 millones en servicios”, lo que “implica para los prestadores de servicios un incremento en el límite de facturación de 470%”.</p><p>Al mismo tiempo, destacaron que “se unifican las escalas para venta de cosas muebles y las correspondientes a locación y prestación de servicios”, precisando que “de esta manera, los profesionales independientes o quienes desarrollan diferentes oficios, ahora pueden facturar en niveles que antes solo se permitía a quienes se dedicaban al comercio”.</p><p>Además de las subas en los montos de facturación, también se incrementan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social. Para el caso de la cuota impositiva la suba va entre el 278% y 510%, para la cuota de seguridad social entre el 212% y 343% y para la cuota de obra social entre 212% y 214%.</p><p>Las nuevas escalas regirán a partir del 1 de agosto. Al respecto, se debe tener en cuenta que la AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.</p>Así quedan las escalas de facturación anual completa:Categoría A: pasará de $2.108.288,01 a $6.450.000 (aumento del 206%)Categoría B: pasará de $3.133.941,63 a $9.450.000 (aumento del 202%)Categoría C: pasará $4.387.518,23 a $13.250.000 (aumento del 208%)Categoría D: pasará de $5.449.094,55 a $16.450.000 (aumento del 202%)Categoría E: pasará de $6.416.528,72 a $19.350.000 (aumento del 202%)Categoría F: pasará de $8.020.660,9 a $24.250.000 (aumento del 203%)Categoría G: pasará de $9.624.793,05 a $29.000.000 (aumento del 202%)Categoría H: pasará de $11.916.410,45 a $44.000.000 (aumento del 270%)Categoría I: pasará de $13.337.213,22 a $49.250.000 (aumento del 269%)Categoría J: pasará de $15.285.088,04 a $56.400.000 (aumento del 269%)Categoría K: pasará de $16.957.968,71 a $68.000.000 (aumento del 301%)]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hpmEMCZRnIs21D2JIzOEpTS7TmM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/07/monotributo_afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Ejecutivo publicó la reglamentación de las modificaciones del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.]]>
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                <updated>2024-07-24T13:06:40+00:00</updated>
                <published>2024-07-24T13:06:31+00:00</published>
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            La AFIP reglamentó el blanqueo de capitales y se podrá regularizar sin límites ni penas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2Vlr_MliHPv19k0aZ3EI7pv7kxs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/07/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó hoy el procedimiento para adherir al Régimen de Regularización de Activos que permitirá a los residentes y no residentes regularizar activos sin límite de monto sin costo alguno.</p><p>La medida está contemplada en la Ley 27.743 bautizada "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes" y que mediante la Resolución General Nº 5528 publicada en el Boletín Oficial detalla que el dinero negro ingresado en el sistema financiero deberá quedar hasta el 31 de diciembre de 2025 o se inviertan en destinos autorizados.</p><p>Además, quienes regularicen bienes o tenencias por hasta US$100.000 estarán exentos del pago de impuestos. La normativa también facilita la adhesión de personas que perdieron su residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023, quienes podrán recuperar su residencia a partir del 1° de enero de 2024.</p><p>El régimen establece tres etapas con alícuotas decrecientes: hasta el 30 de septiembre de 2024 con una alícuota del 5%, hasta el 31 de diciembre de 2024 al 10%, y hasta el 31 de marzo de 2025 al 15%. Los bienes a blanquear deben estar en posesión del contribuyente al 31 de diciembre de 2023 y acreditarse en la declaración jurada correspondiente.</p><p>El dinero en efectivo debe ser depositado en una cuenta especial de Regularización de Activos para evitar el pago de impuestos y debe regularizarse antes del 30 de septiembre de 2024.&nbsp;</p><p>Otros beneficios del blanqueo incluyen la exención de acciones civiles y penales por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas, y la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% anual. Los detalles y requisitos del régimen están disponibles en el micrositio de la AFIP.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2Vlr_MliHPv19k0aZ3EI7pv7kxs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/07/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Además, quienes regularicen bienes o tenencias por hasta US$100.000 estarán exentos del pago de impuestos.]]>
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                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                <updated>2024-07-17T11:49:42+00:00</updated>
                <published>2024-07-17T11:49:35+00:00</published>
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        <title>
            Por la recesión, cayó la recaudación en junio y suma dudas a los interrogantes que ya tiene el mercado
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2Vlr_MliHPv19k0aZ3EI7pv7kxs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/07/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La recaudación impositiva dio fuertes muestras de fatiga en junio y cayó 14 por ciento real, es decir, descontando la inflación. La baja fue provocada por la caída del consumo, según analistas.</p><p>La AFIP informó que la recaudación llegó a $11.297.649 millones, lo que representa un salto del 221,2%. Pero descontando el efecto de la inflación, el resultado pasa a ser negativo en 14%.</p><p>El resultado podría haber sido aún peor si no fuera por las exportaciones. &nbsp;Al excluir la recaudación por tributos vinculados al comercio exterior, la baja sería del 17%.</p><p>Además, AFIP informó que el IVA recaudó $ 3.394.162 millones y tuvo una variación interanual de 195,4%. El IVA Impositivo aumentó 225,5%, en tanto que el IVA Aduanero se incrementó en 133,7%.&nbsp;</p><p>Vale destacar que el principal impuesto, el IVA, habría registrado una baja interanual del 19,5%, reflejando la importante caída del consumo.</p><p>Por otro lado en Ganancias, presentó una variación interanual de 209,7%, recaudando $ 2.516.053 millones. En tanto, en Derechos de Exportación se obtuvieron $ 429.614 millones y una variación interanual de 136,9%.</p><p>En Derechos de Importación y otros, se obtuvieron $244.322 millones y un alza de 142,3%. En Impuesto Solidario PAIS se recaudaron $ 780.042 millones con un incremento de 1.321,8%. Aquí jugaron a favor la ampliación de la base imponible para el pago de determinadas importaciones, más la suba del dólar y de las alícuotas.</p><p>La recaudación que más habría caído sería la del impuesto Bienes Personales, que lo habría hecho en un 60,6% real interanual, seguido por derechos de exportación con 36,8% y derechos de importación 35,4%.</p><p>En términos de variación interanual real en estos seis meses, los tributos con mayor caída habrían sido Bienes Personales (65%), Internos coparticipados (23,2%) y Seguridad Social (18,6%). Los tributos con mayor aumento habrían sido impuesto PAIS (278%) y derechos de exportación (36%).</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2Vlr_MliHPv19k0aZ3EI7pv7kxs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/07/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Los ingresos tributarios reflejaron la parálisis de una economía que todavía no da muestras de mejorar.]]>
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                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                <updated>2024-07-02T11:39:33+00:00</updated>
                <published>2024-07-02T11:39:27+00:00</published>
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        <title>
            La AFIP extiende nuevamente el plazo para completar el formulario con las deducciones del impuesto
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/la-afip-extiende-nuevamente-el-plazo-para-completar-el-formulario-con-las-deducciones-del-impuesto" type="text/html" title="La AFIP extiende nuevamente el plazo para completar el formulario con las deducciones del impuesto" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2Vlr_MliHPv19k0aZ3EI7pv7kxs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/07/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió nuevamente el plazo para que los trabajadores informen las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias correspondientes al 2023, mediante la Resolución General 5514/2024.</p><p>La medida dispuso prorrogar la fecha límite hasta el 30 de junio inclusive, siendo la tercera vez que el organismo nacional extiende el periodo establecido para llevar a cabo la presentación del formulario de declaración jurada.</p><p>La normativa especificó que “los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán, con carácter de excepción, efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 30 de junio de 2024, inclusive”.</p><p>Asimismo, indicó que "los agentes de retención practicarán la liquidación anual prevista en el artículo 9° de la Resolución General N° 2.442 y en el inciso a) del artículo 21 de la Resolución General N° 4.003, sus respectivas modificatorias y complementarias, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 31 de julio de 2024, inclusive”.</p><p>Además, precisó que “el importe determinado en dicha liquidación anual será retenido o, en su caso, reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive”.</p><p>A su vez, el texto oficial explicó que “deberá informarse e ingresarse el referido importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de agosto de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), previsto por la Resolución General N° 2.233, sus modificatorias y complementarias, informándolo en el período julio de 2024 y consignando como fecha de retención el 31 de julio de 2024″.</p>A qué se debe la nueva prórroga<p>La decisión de realizar una nueva postergación del plazo fijado está vinculada a la demora en el tratamiento y la sanción de la nueva legislación sobre Ganancias, que está incluida en la Ley Bases y el paquete fiscal, que el Ejecutivo envió al Congreso.</p><p>El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó que la relevancia de la aprobación reside en que la Constitución Nacional “impide al Poder Ejecutivo dictar decretos de necesidad y urgencia en materia tributaria” y recordó que “el gobierno anterior instruyó a la AFIP a modificar las escalas del Impuesto a las Ganancias para 2023, sin que el Congreso Nacional ratificara estas modificaciones”.</p><p>De esta manera, sostuvo que “sin la prórroga, los empleadores deberían realizar las liquidaciones anuales con las escalas originales de la ley, lo que podría resultar en deudas para los empleados”, y agregó que “estas deudas absorberían total o parcialmente las percepciones informadas por los empleados y, en algunos casos, podrían ser mayores”.</p><p>Continuando en esa línea, Domínguez señaló que “desde el punto de vista de los empleados hay una nueva demora en la devolución de las percepciones de ganancias que informaron a sus empleadores” y aseguró que “el problema principal radica en que, si la liquidación anual se realizara hoy, es probable que, en lugar de recibir una devolución, los empleados se enfrenten a una deuda a pagar”.</p><p>En vistas a una solución definitiva, indicó que “el paquete fiscal que cuenta con media sanción de Diputados y está en tratamiento por parte del Senado, resuelve el problema incorporando las modificaciones a la ley del impuesto a las ganancias”.</p><p>En este sentido, la Resolución sostuvo que “en aras de dar continuidad a los actos de gobierno tendientes a brindar seguridad jurídica a los contribuyentes y responsables respecto del alcance del impuesto a las ganancias, el Poder Ejecutivo Nacional puso a consideración del Honorable Congreso de la Nación un proyecto normativo enviado mediante Mensaje (PEN) N° 20/24 a fin de dejar establecidas, con jerarquía de ley, las aludidas medidas de política tributaria”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2Vlr_MliHPv19k0aZ3EI7pv7kxs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/07/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La AFIP informó que las personas tendrán tiempo hasta el 30 de junio inclusive, para presentar su declaración.]]>
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                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                <updated>2024-05-30T14:42:49+00:00</updated>
                <published>2024-05-30T14:42:44+00:00</published>
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            Publican la nueva escala de monotributo, con un aumento del 110% en las cuotas
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        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/publican-la-nueva-escala-de-monotributo-con-un-aumento-del-110-en-las-cuotas" type="text/html" title="Publican la nueva escala de monotributo, con un aumento del 110% en las cuotas" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oyFME2yAaKJ5Le1-t1PN0ATa0sg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/12/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este miércoles las nuevas categorías de facturación y las cuotas a pagar del régimen de monotributo que comenzarán a regir desde el 1° de enero.</p><p>De esta forma, las nuevas autoridades convalidaron las escalas que habían sido anunciadas previo a la asunción de Javier Milei, se informó oficialmente.</p><p>La actualización implica suba en las cuotas de 110%, casi la mitad de la inflación que se vaticina que se producirá en el año:</p><p>La escala es la siguiente:&nbsp; &nbsp;Categoría A: pasará a $2.108.288,22. Cuota: $ 12.128,39.&nbsp; &nbsp;Categoría B: pasará a $3.133.941,71. Cuota: $ 13.571,75.&nbsp; &nbsp;Categoría C: pasará a $4.387.518,35. Cuota: $ 15.241,42.&nbsp; &nbsp;Categoría D: pasará a $5.449.094,70. Cuota: $ 19.066,46.&nbsp; &nbsp;Categoría E: pasará a $6.416.528,89. Cuota: $ 24.526,43.&nbsp; &nbsp;Categorías F: pasará a $8.020.661,11. Cuota: $ 29.223,11.&nbsp; &nbsp;Categoría G: pasará a $9.624.793,31. Cuota: $ 33.439,61.&nbsp; &nbsp;Categoría H: pasará a $11.916.410,77. Cuota: $ 56.402,68.&nbsp; &nbsp;Categoría I: pasará a $13.337.213,57. Cuota: $ 81.121,96.&nbsp; &nbsp;Categoría J: pasará a $15.285.088,45. Cuota: $ 93619,47.&nbsp; &nbsp;Categoría K: pasará a $16.957.969,16. Cuota: $ 106,964,65.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oyFME2yAaKJ5Le1-t1PN0ATa0sg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/12/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer este miércoles las nuevas categorías de facturación y las cuotas a pagar del régimen de monotributo que comenzarán a regir desde el 1° de enero.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                <updated>2023-12-27T18:00:57+00:00</updated>
                <published>2023-12-27T18:00:19+00:00</published>
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            Dólar tarjeta: la AFIP definió cómo se pagarán los saldos en moneda extranjera
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        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/dolar-tarjeta-la-afip-definio-como-se-pagaran-los-saldos-en-moneda-extranjera" type="text/html" title="Dólar tarjeta: la AFIP definió cómo se pagarán los saldos en moneda extranjera" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uYYzDOslYGnjiLjXOWH6TmAeT8k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/12/dolar_tarjeta.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Las operaciones en moneda extranjera realizadas con tarjeta de crédito antes del 13 de diciembre con fecha de liquidación a partir del 14 del mismo mes tendrán un recargo del 60%, en línea con lo dispuesto la semana pasada en el paquete de medidas anunciado por el ministro de Economía, Luis Caputo.</p><p>La medida se estableció mediante la Resolución General 5465/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada este lunes en el Boletín Oficial, y aclara una duda que habían planteado varios usuarios de tarjetas de crédito, si se tiene en cuenta que la suma de los recargos por la percepción de Ganancias y el pago del impuesto PAIS era del 155% antes de la devaluación del peso respecto del dólar oficial.</p><p>La nueva Resolución General - la primera suscripta por la nueva titular de la AFIP, Florencia Misrahi- determina que las percepciones que deba aplicarse sobre operaciones pactadas en moneda extranjera "que se hubieran realizado con anterioridad al 13 de diciembre de 2023 y siempre que se hubieran cancelado con tarjetas de crédito cuya fecha de cierre de liquidación -en la que se incluyan dichas operaciones- fuera igual o posterior al día 14 de diciembre de 2023, se calcularán considerando la alícuota del 30%".</p><p>A ese 30% debe agregarse un alícuota similar por el impuesto PAIS, por lo que la carga impositiva total sobre este tipo de operaciones se redujo del 155% al 60%, a modo de compensación ante el incremento de la cotización del dólar oficial.</p><p>&nbsp;</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uYYzDOslYGnjiLjXOWH6TmAeT8k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/12/dolar_tarjeta.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se redujo el porcentaje de impuestos que recaen sobre el dólar para compensar el efecto de la devaluación de la cotización oficial.]]>
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                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                <updated>2023-12-18T19:02:52+00:00</updated>
                <published>2023-12-18T19:02:48+00:00</published>
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            A horas de asumir, Milei completó su gabinete con la designación de Russo en Salud
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        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/a-horas-de-asumir-milei-completo-su-gabinete-con-la-designacion-de-russo-en-salud" type="text/html" title="A horas de asumir, Milei completó su gabinete con la designación de Russo en Salud" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Sctt9qZq7UoyB5Zj4Il_Z45Wyco=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/12/javier_milei_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente electo, Javier Milei, recibió este viernes la visita en el hotel Libertador del exmandatario de Brasil Jair Bolsonaro, quien llegó en la noche del jueves al país para participar el domingo de los actos de asunción del nuevo gobierno, a la vez que anunció las designaciones de Mario Russo como ministro de Salud, de Enrique Rodríguez Chiantore como superintendente de servicios de salud y de Florencia Misrahi al frente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)."La Oficina del Presidente Electo de la República Argentina comunica que el Dr. Mario Russo será Ministro de Salud y el Dr. Enrique Rodríguez Chiantore ocupará el cargo de Superintendente de Servicios de Salud (SSS) de la Nación a partir del 10 de diciembre", se indicó a través de un comunicado publicado en la plataforma X, antes conocida como Twitter.Una hora antes, a través de la misma cuenta, se había informado que Russo iba a ser secretario de Salud, pero un comunicado posterior aclaró que el funcionario designado será ministro.En el mensaje de la Oficina se anunció además que "la Dra. Florencia Misrahi será la titular" de la AFIP en la administración que se iniciará este domingo .&nbsp;</p>Así quedó el gabinete de Javier Milei<p>• Jefatura de Gabinete de Ministros: Nicolás Posse• Ministerio de Salud: Mario Russo• Ministerio del Interior: Guillermo Francos• Ministerio de Infraestructura: Guillermo Ferraro• Ministerio de Relaciones Exteriores: Diana Mondino• Ministerio de Justicia: Mariano Cúneo Libarona• Ministerio de Seguridad: Patricia Bullrich• Ministerio de Defensa: Luis Petri• Ministerio de Capital Humano: Sandra Pettovello• Ministerio de Economía: Luis Caputo• Secretaría de Comunicación: Belén Stettler• Secretaría de Energía: Eduardo Rodríguez Chirillo• Secretaría de Cultura: Leonardo Cifelli• Secretaría de Educación: Carlos Horacio Torrendell&nbsp;</p>Otras designaciones<p>• Presidencia de la Cámara de Diputados:&nbsp;Martín Menem• Presidencia de la Cámara de Senadores:&nbsp;Francisco Paoltroni• Portavoz presidencial:&nbsp;Manuel Adorni•&nbsp;Presidencia del&nbsp;Banco Central:&nbsp;Santiago Bausili• Procuración del Tesoro de la Nación:&nbsp;Rodolfo Barra• Presidencia del Banco Nación:&nbsp;Daniel Tillard• Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): Florencia Misrahi• Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC):&nbsp;Marco Lavagna• Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES): Osvaldo Giordano• Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI): Esteban Leguizamo•&nbsp;Yacimientos Petrolíferos Fiscales&nbsp;(YPF):&nbsp;Horacio Marín• Superintendencia de servicios de salud: Enrique Rodríguez• Embajador argentino en EEUU: Gerardo Werthein</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Sctt9qZq7UoyB5Zj4Il_Z45Wyco=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/12/javier_milei_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Además, el presidente electo nombró a Enrique Rodríguez Chiantore en la Superintendencia de Servicios de Salud.]]>
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                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                <updated>2023-12-09T12:49:13+00:00</updated>
                <published>2023-12-09T12:42:34+00:00</published>
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            Milei designó a Mario Russo como Ministro de Salud y a Florencia Misrahi en AFIP
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        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/milei-designo-a-mario-russo-como-ministro-de-salud-y-a-florencia-misrahi-en-afip" type="text/html" title="Milei designó a Mario Russo como Ministro de Salud y a Florencia Misrahi en AFIP" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/a1d1enH6TRcf7fPJTd8q7DIHiD0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/12/javier_milei.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La oficina del presidente electo Javier Milei informó este viernes que Mario Russo será el nuevo ministro de Salud, que Enrique Rodríguez Chiantore ocupará el cargo de Superintendente de Servicios de Salud (SSS) y que Florencia Misrahi será la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)."La Oficina del Presidente Electo de la República Argentina comunica que el Dr. Mario Russo será ministro de Salud y el Dr. Enrique Rodríguez Chiantore ocupará el cargo de Superintendente de Servicios de Salud (SSS) de la Nación a partir del 10 de diciembre", se indicó a través de un comunicado publicado en la plataforma X.</p><p>Una hora antes, a través de la misma cuenta, se había informado que Russo iba a ser secretario de Salud, pero luego se envió un nuevo comunicado en el que al designado se lo presentó como ministro.En el mismo mensaje se anunció que "la Dra. Florencia Misrahi será la titular" de la AFIP en el nuevo Gobierno que asumirá este domingo.A su vez, se informó que distintos funcionarios del futuro gabinete "participaron de una reunión" encabezada por el próximo jefe de Ministros, Nicolás Posse.De ese encuentro formaron parte Guillermo Francos (Interior), Guillermo Ferraro (Infraestructura), Diana Mondino (Cancillería), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Luis Petri (Defensa) y Sandra Pettovello (Capital Humano).También se hicieron presentes el designado portavoz presidencial, Manuel Adorni; la próxima secretaria de Comunicación, Belén Stettler; y quien tendrá a su cargo la administración del Banco Central, Santiago Bausili.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/a1d1enH6TRcf7fPJTd8q7DIHiD0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/12/javier_milei.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Así lo informó la oficina del presidente electo a través de las redes sociales. Además, Enrique Rodríguez Chiantore ocupará el cargo de Superintendente de Servicios de Salud (SSS).]]>
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                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                <updated>2023-12-08T23:34:18+00:00</updated>
                <published>2023-12-08T23:31:28+00:00</published>
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            Allanaron &quot;la mayor cueva de la city porteña&quot; por maniobras con el dólar
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0ks_a0renWp_LcZp-jIJPH3BcP8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/10/nimbus.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Dirección General de Aduana, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Policía Federal (PFA), y otras fuerzas de seguridad continúan realizando este juves un conjunto de operativos para detectar operaciones ilegales realizadas con divisas de denominación extranjera y, en las últimas horas, allanaron las oficinas de Nimbus, “la mayor cueva de la city porteña”, encontrando allí evidencia incriminatoria.Luego de los operativos en el microcentro porteño que se extendieron hasta la noche del miércoles y que tuvieron como foco las “cuevas” que operan el denominado dólar blue, el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi autorizó los allanamientos que estuvieron a cargo de la Policía Federal Argentina (PFA) y de la Aduana en la calle San Martín 140, piso 19.“Para quienes analizaron los elementos que acumuló la causa en pocas horas, el escándalo que puede destaparse no tiene límites”, aseguraron fuentes del Ministerio de Economía.Señalaron que “las derivaciones exceden las fronteras y alcanzan a Estados Unidos, adonde existía un servicio de apertura de cuentas offshore, Paraguay, donde el dueño de Nimbus compró propiedades millonarias y España, donde armó dos sociedades”.“También tiene agencias financieras en Uruguay, Paraguay (Ciudad del Este y Asunción) y Bolivia. Además se detectaron operaciones y depósitos millonarios a nombre de una agencia de viajes que utiliza como ‘fachada’ para girar dólares al exterior”, indicaron las fuentes del Palacio de Hacienda.</p><p>“El nombre que surgió detrás de las oficinas de Nimbus fue el del ‘croata’ Ivo Esteban Rojnica, quien realmente las utilizaría y es considerado el principal operador de blue de la city”, afirmaron los voceros, quienes indicaron que “la puerta estaba cerrada y no había nadie en el interior. ‘El Croata’ anunció vía su abogado que no concurría ante el temor de quedar detenido. Entonces PFA volteó la puerta”.Asimismo, las fuentes precisaron que “adentro de un amplio espacio con escritorios, computadoras y estaciones de trabajo que fueron requisadas se encontraron elementos de prueba que fueron secuestrados: apuntes manuscritos con detalle de operaciones cambiarias, máquinas contadoras de billetes, bolsos de distinto tamaño vacíos, valijas, y máquinas trituradoras de papel con documentación destruida”.Una cuestión que llamó “la atención a los investigadores fue una serie de carpetas naranjas, con membretes y documentación que certificaba la apertura de cuentas en el exterior”, señalaron los voceros, que remarcaron que “por los datos contenidos, Argentina está en condiciones de cursar su aviso a la Fincen, el organismo antilavado de Estados Unidos”.Por otra parte, indicaron que “se encontraron operaciones inmobiliarias en Paraguay y transacciones con sociedades españolas, además de transferencias a Uruguay y Bolivia”.Otro de los elementos encontrados en las oficinas de Nimbus fueron fajas “para permitir adherir al cuerpo los billetes”, siendo las mismas “que se le encontraron a los chinos apresados, que daban también indicios bancarios de las extracciones de pesos”, destacaron las fuentes.</p><p>Se refirieron así al operativo con resultado exitoso que se registró este miércoles en la calle Montañeses al 2200, en el barrio porteño de Belgrano, donde la PFA detuvo a tres personas mayores de edad de nacionalidad china, quienes al ser requisadas se les detectó que ocultaban fajos de dólares escondidos y adosados sobre sus cuerpos, por unos US$ 700.000.Los tres detenidos serán indagados por el juez De Giorgi y en principio el delito imputado es "lavado de activos".Según explicaron a Télam fuentes del caso, la intención es que las declaraciones indagatorias se concreten lo antes posible, porque se aguardaba la llegada del sumario policial y también se solicitó un traductor del idioma chino.El magistrado evaluará si indaga a los detenidos de manera presencial o virtual en la causa que está bajo secreto de sumario.En otro operativo, llevado a cabo en las cercanías de la ciudad entrerriana de Gualeguaychú, Gendarmería Nacional secuestró US$ 501.500 que llevaban dos personas en un auto sin tener la documentación legal que avalaba su tenencia.El dinero fue encontrado luego de que efectivos de la Sección Seguridad Vial Ceibas, perteneciente al Escuadrón 56 Gualeguaychú inspeccionaran una camioneta Toyota Hiace conducida por dos ciudadanos mayores de edad.En el operativo, que se desarrolló sobre el kilómetro 158 de la Ruta Nacional N° 12, los gendarmes encontraron una caja plástica azul en el vehículo que contenía un bolso con US$ 501.500.Los agentes procedieron a decomisar el dinero, tras una orden del Juzgado Federal de Gualeguaychú, el cual quedará depositado en una cuenta judicial del Banco Nación (BNA), según informó Gendarmería hoy en un comunicado.Los conductores no contaban con la documentación legal que avale su tenencia, encontrándose en infracción al artículo 303 del Código Penal.Uno de los objetivos de los procedimientos es identificar puntos clandestinos de cambio de divisas como las denominadas “cuevas” o los “arbolitos” que operan el dólar blue, con el objetivo de frenar las operaciones en el mercado informal de divisas en medio de la tensión por la suba del dólar estadounidense.</p><p>&nbsp;</p><p>Fuente: Télam</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0ks_a0renWp_LcZp-jIJPH3BcP8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/10/nimbus.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El operativo se realizó en las oficinas de "Nimbus", donde encontraron documentación que prueba la existencia de una estructura con ramificaciones internacionales destinada a fugar dólares al exterior.]]>
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                <updated>2023-10-12T19:45:10+00:00</updated>
                <published>2023-10-12T19:41:53+00:00</published>
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