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    <title>La Voz de San Justo</title>
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    <updated>2026-07-30T11:54:50+00:00</updated>
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            Campaña antiargentina: Milei habilitó por decreto a expulsar a los extranjeros que agravien al país
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/o_4RgNh3Na_Gg08BO8m_gcTOs6Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/07/psa.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras la participación de la Selección Argentina en el Mundial, se generó una “campaña antiargentina” que trascendió el ámbito futbolístico y tuvo su impacto en la política internacional. En ese contexto, el Presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia que establece como nueva causal de prohibición de ingreso y de expulsión del territorio nacional a cualquier extranjero que promueva o incite mensajes de odio, discriminación o violencia contra el pueblo argentino o sus ciudadanos por motivos de nacionalidad, así como a quienes ultrajen los símbolos patrios, según informó la Oficina del Presidente.</p><p>La normativa responde a recientes manifestaciones consideradas hostiles hacia la República Argentina y sus habitantes. El decreto enfatiza que la defensa de la Nación, sus ciudadanos y sus símbolos constituye un principio innegociable para el Gobierno Nacional. “Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”, expresó Milei en el comunicado oficial.</p><p>El Decreto 681/2026 fue publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina e incorpora formalmente como causa de inadmisión y expulsión del país a los extranjeros que dirijan o inciten expresiones de odio, discriminación y violencia por razones de nacionalidad, y a quienes realicen actos de ultraje contra los símbolos nacionales. La disposición abarca tanto la incitación pública como cualquier manifestación directa que implique un agravio a la identidad nacional.</p><p lang="zxx" dir="ltr">pic.twitter.com/krLRUPOruY</p>— Oficina del Presidente (@OPRArgentina) July 30, 2026 <p>En los considerandos, el Poder Ejecutivo sostuvo que la Argentina mantuvo históricamente una política de apertura y hospitalidad hacia los extranjeros, pero remarcó que la soberanía estatal permite fijar condiciones de admisión, permanencia y expulsión para resguardar el orden público, la seguridad interior y la cohesión social.</p><p>La decisión fue justificada por el Ejecutivo en función de preservar la integridad social y el respeto hacia la Argentina y sus emblemas. Según la comunicación de la Oficina del Presidente, el endurecimiento en las políticas migratorias busca evitar situaciones que puedan poner en riesgo la convivencia y el orden institucional.</p><p>La norma se dictó como decreto de necesidad y urgencia y, según el texto oficial, deberá ser remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que tiene un plazo de&nbsp;10 días hábiles&nbsp;para expedirse sobre su validez o invalidez y elevar dictamen a cada Cámara.</p>Contexto de la decisión y alcance<p>La medida surge en un contexto de tensión por recientes expresiones públicas consideradas agravios hacia la Argentina y sus ciudadanos. El Gobierno Nacional sostuvo que la soberanía y el respeto a los símbolos patrios son elementos esenciales que no admiten negociación.</p><p>En el artículo 1 del decreto se establece que la disposición alcanza a extranjeros que hayan “dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, o incitado a la violencia contra el pueblo argentino en su conjunto, o contra algún ciudadano argentino, motivado en la nacionalidad de este último”, o bien, hayan “realizado o participado en actos de ultraje de símbolos patrios nacionales; o haber incitado a cometer cualquiera de los actos previstos por el presente inciso”.</p><p>El decreto responde de manera directa a su objetivo central: desde su entrada en vigor, un extranjero comprendido en esas conductas no podrá ingresar al país y, si ya reside en la República Argentina, podrá perder su residencia y ser intimado a abandonar el territorio o ser expulsado.</p><p>De hecho, en el artículo 3 se remarca que “la cancelación de la residencia conforme lo previsto en los incisos f) y h) del artículo 62 de la presente ley conlleva la conminación a hacer abandono del país dentro del plazo que se fije o bien la expulsión del territorio nacional, teniendo en consideración las circunstancias fácticas y personales del interesado;”.</p><p>Con este decreto, el Ejecutivo argentino refuerzó su posición respecto a quiénes pueden permanecer en el territorio nacional, advirtiendo que cualquier acto percibido como ataque a la República será motivo suficiente para la denegación de ingreso o la expulsión inmediata, de acuerdo con la nueva normativa. La Oficina del Presidente subrayó que la defensa de la Nación y sus principios es prioritaria ante cualquier circunstancia.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/o_4RgNh3Na_Gg08BO8m_gcTOs6Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/07/psa.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Oficina del Presidente sostuvo que la decisión busca preservar la integridad social y el orden institucional, y que responde a episodios recientes de tensión por declaraciones que fueron interpretadas como ofensas a la República y sus habitantes]]>
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                                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                                <updated>2026-07-30T11:54:50+00:00</updated>
                <published>2026-07-30T11:54:46+00:00</published>
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