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    <title>La Voz de San Justo</title>
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    <updated>2026-04-13T18:40:06+00:00</updated>
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            El 63% de los divorcios se concretan cuando los cónyuges tienen entre 41 y 60 años
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d7FLIEc43Y_f0tKn1zSgljO2AS4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/02/divorcios.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un grupo de investigación, dirigido por la jueza Cecilia Ferrero, publicó un análisis de las sentencias de divorcio emitidas por los juzgados de Familia de la ciudad de Córdoba en el período 2022 – 2024. Según el estudio, la mayoría de las personas que solicitaron el divorcio (63%) tenían entre 41 y 60 años; mientras que el 19% de los cónyuges tenían entre 31 y 40 años.</p><p>El relevamiento –que integra el libro “Investigaciones aplicadas en la justicia de Córdoba. Edición especial 20 años 2005-2025”, publicado por el Centro de Perfeccionamiento Ricardo C. Núñez- también destacó que en el 10% de las causas analizadas, las partes tenían entre 61 y 70 años de edad. Incluso, se observaron algunos casos en los cuales los matrimonios se habían extendido por más de 30 años.</p><p>“De la totalidad de datos recabados y analizados, es posible mencionar que la duración promedio de los matrimonios fue de 14 años y que los procesos de divorcio se llevaron a cabo en la etapa de madurez de la vida de los cónyuges”, señala el informe.</p><p>Asimismo, los investigadores indicaron que son mayoritariamente las mujeres quienes inician los procesos de divorcios en matrimonios que tienen entre 20 y 30 años de duración; mientras que los hombres suelen hacerlo en los vínculos más breves (menores a 1 año, o entre 15 y 20 años).</p><p>Resabios patriarcales</p><p>El trabajo, titulado “¿Cuánto dura el amor? Análisis descriptivo de las sentencias de divorcio de los Juzgados de Familia de la ciudad de Córdoba del periodo 2022-2024”, también detectó “resabios patriarcales” en las estructuras familiares analizadas.</p><p>Por ejemplo, se constató que, después del divorcio, cuatro de cada diez niños o niñas continúan residiendo principalmente en el domicilio materno (39%); mientras que, en el 25%, pactaron un cuidado personal bajo la modalidad alternada. Los hijos y las hijas solo permanecen en el domicilio paterno en el 8,7% de los casos.</p><p>“Siguen prevaleciendo estructuras familiares matrimonializadas (…), predominantemente conformadas por parejas heterosexuales y con resabios patriarcales, si se observa que, a la disolución del vínculo matrimonial, la residencia de los/las hijos e hijas resulta principalmente el hogar materno y desde allí se gestionan los cuidados y las necesidades de la descendencia”, concluye la investigación.</p><p>El equipo de investigación fue dirigido por la jueza Cecilia Ferrero e integrado por María Florencia Casas, María Celeste García, Andrea Carolina Gastaldi Fachin e Ivana Mariel Sánchez. La coordinación, el seguimiento metodológico y procesamiento de datos estuvo a cargo de Laura Croccia.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/d7FLIEc43Y_f0tKn1zSgljO2AS4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/02/divorcios.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El dato surge de una investigación publicada por el Centro Núñez sobre las sentencias de divorcio emitidas por los juzgados de Familia de la ciudad de Córdoba.]]>
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                                <category term="provinciales-174" label="Provinciales" />
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                <published>2026-02-04T13:28:37+00:00</published>
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            Divorcio exprés de Milei: “Ignora derechos que pueden ser vulnerados”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hHm-OwHR-R0lB5Xh1hGnn_Nwho8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/alberto_arrieta.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, llevó al Congreso la llamada Ley Hojarasca, que incluye modificaciones a la ley de divorcio. La propuesta, impulsada por el presidente Javier Milei, busca permitir la disolución del vínculo matrimonial mediante un acto administrativo en el Registro Civil, siempre que ambas partes estén de acuerdo. Este cambio, argumentan sus defensores, podría generar un ahorro significativo de tiempo y costos, eliminando la necesidad de asesoramiento legal.</p><p>Actualmente, “el proceso de divorcio en Argentina es expeditivo y unilateral.&nbsp;Desde 2015, no se requiere la aceptación ni la justificación por parte de la otra persona, por lo que esta iniciativa no introduce nada nuevo y podría vulnerar derechos constitucionales”,&nbsp;señaló a LA VOZ DE SAN JUSTO Alberto Arrieta, presidente del Colegio de Abogados de San Francisco.&nbsp;</p><p>El Código Civil vigente establece que las causas para disolver un matrimonio son: a) muerte de uno de los cónyuges, b) sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento, y c) divorcio declarado judicialmente. La nueva ley agregaría el "divorcio en sede administrativa", equiparándolo a los efectos del divorcio judicial.</p><p>Este divorcio administrativo se llevaría a cabo únicamente a petición conjunta de ambos cónyuges, ante el oficial del Registro del Estado Civil correspondiente al último domicilio conyugal. Sin embargo, “el proyecto presenta falencias legales al no reconocer la naturaleza judicial del divorcio”, sostuvo Arrieta.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>“El proyecto presenta falencias legales al no reconocer la naturaleza judicial del divorcio”</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>“El divorcio no es un trámite administrativo; ha sido regulado como un procedimiento judicial desde tiempos de los romanos. Pretender convertirlo en un trámite administrativo ignora derechos que pueden ser vulnerados”, expresó.</p><p>Las preocupaciones se centran en la falta de información que recibirían las partes involucradas. Por ejemplo, “¿quién informaría a la mujer sobre su derecho a una compensación económica o sobre la cuota alimentaria? Estos son derechos que requieren homologación judicial; sin esa validación, no pueden exigirse ni cumplirse”, indicó el abogado.</p><p>El enfoque del proyecto se limita a la disolución del vínculo matrimonial, sin considerar las consecuencias que esta disolución conlleva. Arrieta informó que “en la mayoría de los casos, las parejas que se divorcian tienen hijos o bienes en común, lo que requiere acuerdos sobre la repartición de responsabilidades y capital adquirido. El 99% de las parejas que llegan a un divorcio necesitan acordar un régimen parental para sus hijos y repartir bienes, y si estos acuerdos no se homologan ante un juez, la parte más vulnerable puede verse perjudicada”.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>“El enfoque del proyecto se limita a la disolución del vínculo matrimonial, sin considerar las consecuencias que esta disolución conlleva”</p><p>&nbsp;</p><p>Conforme avanza el proceso, “las partes podrían terminar requiriendo un procedimiento judicial para regular los efectos del divorcio, lo que contradice el objetivo inicial de simplificar el proceso. Es fundamental que los acuerdos post-divorcio sean homologados por un juez para proporcionar respaldo legal en caso de incumplimiento. Sin esta homologación, los acuerdos verbales carecerían de autoridad legal”.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>“Preocupa que desde el Gobierno se desconozca la importancia de los procesos judiciales y se presente este proyecto como una forma de abaratar costos”</p><p>&nbsp;</p><p>“La propuesta del Gobierno confunde a la ciudadanía, haciéndoles creer que el divorcio se resolverá simplemente en el Registro Civil. La realidad es que el proceso judicial será inevitable y tampoco se abaratarán los costos”, agregó Arrieta.</p><p>“Desde el Colegio de Abogados, expresamos preocupación por la falta de reconocimiento de la importancia de los procesos judiciales en este ámbito. Se está preparando un comunicado para rechazar formalmente el proyecto y se considera presentar una acción judicial para cuestionar su constitucionalidad, argumentando que esta medida no solo no resuelve problemas existentes, sino que también genera más confusión en la sociedad”, concluyó.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hHm-OwHR-R0lB5Xh1hGnn_Nwho8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/alberto_arrieta.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La aparente simplificación del trámite civil deja cuestiones importantes sin contemplar, advierten los abogados.]]>
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                                <category term="san-francisco" label="San Francisco" />
                <updated>2026-04-13T18:40:06+00:00</updated>
                <published>2024-10-21T12:57:43+00:00</published>
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