<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<feed xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom">
    <id>https://www.lavozdesanjusto.com.ar/feed-etiqueta/juicios-laborales</id>
    <link href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/feed-etiqueta/juicios-laborales" rel="self" type="application/atom+xml" />
    <title>La Voz de San Justo</title>
    <subtitle></subtitle>
    <updated>2026-02-14T15:10:49+00:00</updated>
        <entry>
        <title>
            Fallo histórico en Mendoza: Manaos deberá pagar 800 millones de pesos a un empleado
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/fallo-historico-en-mendoza-manaos-debera-pagar-800-millones-de-pesos-a-un-empleado" type="text/html" title="Fallo histórico en Mendoza: Manaos deberá pagar 800 millones de pesos a un empleado" />
        <id>https://www.lavozdesanjusto.com.ar/fallo-historico-en-mendoza-manaos-debera-pagar-800-millones-de-pesos-a-un-empleado</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[La Voz de San Justo ]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/fallo-historico-en-mendoza-manaos-debera-pagar-800-millones-de-pesos-a-un-empleado">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/cdn-cgi/image/width=400,quality=75/media/2026/02/manaos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Suprema Corte de Justicia de Mendoza asestó un golpe financiero a la empresa Refres Now S.A., fabricante de la gaseosa Manaos, al confirmar una condena por despido que obliga a la firma a desembolsar más de 800 millones de pesos a un exdistribuidor.&nbsp;</p><p>Si bien el máximo tribunal provincial admitió parcialmente un recurso extraordinario y recalculó a la baja la cifra inicial, que rondaba los 1.500 millones, ratificó la existencia de una relación de dependencia no debidamente registrada y la responsabilidad de la compañía en el distracto laboral.</p><p>La controversia legal tuvo su origen en la ciudad de San Rafael, donde la Cámara Segunda del Trabajo determinó que el demandante, quien se desempeñó como distribuidor en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa, mantuvo un vínculo laboral con la empresa entre los años 2013 y 2022.&nbsp;</p><p>Según consta en el expediente, el trabajador logró acreditar irregularidades en la registración de su contrato durante gran parte del período analizado. La sentencia original consideró probada la existencia de un "vínculo de dependencia no debidamente registrado", lo que derivó en una condena inicial de alto impacto para el sector empresario.</p><p>Al revisar las actuaciones, los ministros de la Corte, Omar Palermo, Mario Adaro y Norma Llaster, decidieron reformular la sentencia dictada en la causa "Refres Now SA p/ Despido". Con la nueva resolución, el tribunal dispuso que la empresa deberá abonar al trabajador la suma de $223.419.076,66 en concepto de capital y $584.257.217,06 por intereses calculados al 11 de abril de 2025. El fallo aclara que el monto total de $807.676.293,72 se establece "sin perjuicio de los intereses que continúen devengándose hasta el efectivo pago".</p><p>A pesar de confirmar la condena principal, el máximo tribunal introdujo modificaciones técnicas en los rubros indemnizatorios. En particular, la Corte rechazó parcialmente la demanda en lo referido a la indemnización prevista en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), vinculada a la entrega de certificados laborales.&nbsp;</p><p>Este rubro, que ascendía a $34.796.852,75, fue desestimado por los magistrados al evaluar la correcta aplicación del derecho. Asimismo, el fallo determinó que los intereses para los ítems rechazados se calculen conforme a la tasa prevista en la Ley 9041.</p><p>La resolución judicial adquiere relevancia no solo por la envergadura de la empresa -productora también de las marcas Villa Manaos, Placer, Bichi y Fernandito- sino por la magnitud de la cifra en un contexto de debate sobre la reforma laboral.&nbsp;__IP__</p><p>La Corte evitó reabrir la discusión sobre los hechos ya probados en la instancia anterior y se centró en la estructura económica de la liquidación. Al respecto, el tribunal sostuvo la metodología de cálculo para la obligación principal, subrayando que la responsabilidad de la firma por el despido incausado se mantiene firme a pesar de los ajustes realizados en la cuantificación final.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/cdn-cgi/image/width=400,quality=75/media/2026/02/manaos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Tras revisar el fallo de cámara, el máximo tribunal provincial ajustó los rubros indemnizatorios por la desvinculación de un distribuidor de la firma.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                <updated>2026-02-14T15:10:49+00:00</updated>
                <published>2026-02-14T14:58:41+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            La Argentina cierra el 2025 con un récord histórico de juicios de ART
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/la-argentina-cierra-el-2025-con-un-record-historico-de-juicios-de-art" type="text/html" title="La Argentina cierra el 2025 con un récord histórico de juicios de ART" />
        <id>https://www.lavozdesanjusto.com.ar/la-argentina-cierra-el-2025-con-un-record-historico-de-juicios-de-art</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[La Voz de San Justo ]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/la-argentina-cierra-el-2025-con-un-record-historico-de-juicios-de-art">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/cdn-cgi/image/width=400,quality=75/media/2025/12/juicio_art.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Argentina cerrará el 2025 con un derrumbe del 80% en muertes en el trabajo y una caída del 55% en accidentes laborales, mientras la cantidad de juicios por estos factores se dispara a un récord histórico de 132.000 causas abiertas en el año, apalancados por el incumplimiento de la ley 27.348 por parte del propio Poder Judicial.</p><p>Así lo señaló Gonzalo Dabini, abogado experto en litigiosidad laboral, tras comparar que la Argentina tiene un índice de litigiosidad que es 15 veces superior a la de España y 21 veces superior a la de Chile, lo que genera que las pequeñas y medianas empresas se repriman de contratar más trabajadores por la “enorme incertidumbre” que les genera el tratamientojudicial que tienen los juicios laborales por riesgos del trabajo.</p><p>“Nunca en la historia hubo tantos juicios ingresados a la justicia por riesgos de trabajo. Y es una paradoja porque la cantidad de accidentes y muertes se ha derrumbado”, dijo Dabini en declaraciones a la señal de noticias DNEWS, tras señalar que el problema está en que el Poder Judicial no cumple con la ley 27.348 de Riesgos del Trabajo que el Congreso sancionó y el Poder Ejecutivo promulgó en febrero de 2017, y a la cual adhirieron 18 provincias.</p><p>Esa ley determinaba que ante cada demanda debía actuar una comisión médica jurisdiccional para determinar en forma profesional la enfermedad o contingencia de cada trabajador y concluir así sobre su incapacidad, lo que concluiría en las correspondientes prestaciones dinerarias que debían ser afrontadas por las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART).</p><p>“Esas comisiones o cuerpos médicos forenses debían estar conformados por médicos especialistas llamados por concurso que cobrarían honorarios de acuerdo con su real actividad en el pleito. Pero esto no se cumple y todavía actúan peritos que van a resultados del pleito. Es decir: a mayor incapacidad que se le da al trabajador, más millonaria es la sentencia y más porcentaje cobra ese perito”, comentó Dabini, de Bulló Abogados.</p><p>En ese sentido, el experto señaló que la reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo promulgada en 2017 comenzó a aplicarse, pero en forma parcial, dado que los Poderes Judiciales tanto nacional como de las provincias no cumplen con el artículo 1, que ordenaba y daba transparencia al sistema convocando a cuerpos médicos forenses para determinar la gravedad de los accidentes laborales.</p><p>Dabini explicó que cada juicio que se paga por sentencia de accidente laboral está en torno a los 27 millones de pesos en promedio en la Argentina. Por ello, si las 131.796 demandas ingresadas este año tuvieran sentencia, los peritos estarían cobrando comisiones multimillonarias sobre un total de 3,5 billones de pesos, equivalente a unos 2.500 millones de dólares.</p><p>El trabajador no se lleva una gran parte del dinero que dicta la sentencia. Se deben descontar los honorarios de los abogados del trabajador y de la empresa, el porcentaje que se quedan los peritos; y la tasa de justicia”, comentó Dabini y precisó que el stock de juicios por ART alcanza los 300.000.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/cdn-cgi/image/width=400,quality=75/media/2025/12/juicio_art.webp" class="type:primaryImage" /></figure>“La litigiosidad se disparó porque el Poder Judicial no cumple en forma completa con la ley sancionada en 2017”, dijo Gonzalo Dabini.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                <updated>2025-12-17T12:44:48+00:00</updated>
                <published>2025-12-17T12:41:54+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Capacitarán a abogados y auxiliares de justicia en procedimiento declarativo abreviado laboral
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/capacitaran-a-abogados-y-auxiliares-de-justicia-en-procedimiento-declarativo-abreviado-laboral" type="text/html" title="Capacitarán a abogados y auxiliares de justicia en procedimiento declarativo abreviado laboral" />
        <id>https://www.lavozdesanjusto.com.ar/capacitaran-a-abogados-y-auxiliares-de-justicia-en-procedimiento-declarativo-abreviado-laboral</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[La Voz de San Justo ]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/capacitaran-a-abogados-y-auxiliares-de-justicia-en-procedimiento-declarativo-abreviado-laboral">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/cdn-cgi/image/width=400,quality=75/media/2024/07/abogados_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>De la mano de la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba (FeCACor), el Colegio de Abogados de San Francisco llevará a cabo una interesante propuesta de formación académica:&nbsp;un curso virtual sobre Procedimiento Declarativo Abreviado por Audiencia Única (PDA) que rige desde abril de 2021 en el fuero laboral de la justicia provincial.&nbsp;</p><p>El mismo está diseñado para abogados litigantes y público interesado en la temática. Contará con la disertación de jueces de Conciliación y Trabajo, funcionarios y referentes de la abogacía litigante laboralista de la provincia de Córdoba. Se extenderá certificado, material tratado y jurisprudencia.</p><p>El curso se dictará vía Zoom durante 6 miércoles consecutivos, a partir del 31 de julio, de 18 a 20. Tendrá un costo de $15.000 para los abogados colegiados y de $20. 000 para el público en general, que pueden ser auxiliares de justicia que no son abogados, peritos, etc.&nbsp;</p><p>Desde el Colegio de Abogados destacaron la importancia de brindar a los profesionales formación continua acompañando los avances que en los últimos años hubo en el sistema judicial cordobés y en este caso, en el fuero laboral tras la implementación del PDA.&nbsp;</p><p>“Uno de los disertantes será César Arese, ‘padre de la reforma’, principal promotor del PDA. También disertarán otros miembros del Poder jJudicial, profesionales litigantes. Por ejemplo, el juez de Conciliación de Bell Ville hará una bajada estadística sobre cuál fue El desempeño real de este procedimiento desde su aplicación, más allá de las intenciones y los fundamentos”, adelantó Enrique Pistone, del Colegio.</p><p>El abogado y profesor adjunto de la cátedra d Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de Uces San Francisco anunció además que “se analizarán los incisos de la nueva noma y sus variaciones respecto a la interpretación que hacen los jueces y lo que pedimos los abogados”.&nbsp;</p><p>Por su parte, Cristian Godoy, también integrante de la entidad con sede en bulevar Roca, subrayó que “será un espacio común entre colegios de abogados de la provincia y el Poder Judicial de Córdoba”.&nbsp;</p><p>Uno de los objetivos de la capacitación es “brindarles a los abogados más herramientas para la oralidad y el uso de la tecnología” que, según afirmaron a LA VOZ DE SAN JUSTO los entrevistados, &nbsp;ayudaron a reducir la duración promedio de los juicios en materia laboral.&nbsp;</p><p>“Luego de una introducción más general sobre qué se quiso hacer y cómo está funcionando el PDA, se abordarán los incisos, la parte procesal y la casuística”, explicó Pistone sobre la modalidad del curso.&nbsp;</p><p>“La oralidad ayuda a resolver las cuestiones sin llegar a sentencia y por ello en el ámbito laboral tuvo un buen impacto”, acotó Godoy sobre esa reducción de los tiempos del proceso, que antes tardaba años en finalizar.</p><p>Pistone defendió el rol de los medios tecnológicos, porque “una de las cuestiones es que las audiencias orales en un Juzgado Civil son video grabadas y esto permite también que en las etapas posteriores los jueces que en instancia superior puedan acceder al contacto directo con la causa, algo que antes no era posible. Hay una modernización del sistema de justicia en general y para nosotros como profesionales es un desafío adaptarnos a estas nuevas tecnologías y métodos. Además, con roles de los jueves mucho más protagonistas que los abogados debemos acompañar”.</p><p>Los abogados celebraron que un gran porcentaje de las causas tramitadas a través del nuevo procedimiento terminaron mediante conciliación. Respecto a esa agilización, “por citar un caso, un juicio civil por un accidente de tránsito pasó de tres 4 años a un año o menos. Es un cambio muy importante que implica un gran desafío para nosotros los operadores jurídicos; estar a la altura y capacitados”.</p><p>&nbsp;</p><p>“Será un espacio común entre colegios de abogados de la provincia y el Poder Judicial de Córdoba”.&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Otro de los propósitos del curso es “trascender San Francisco y conocer las experiencias de otras jurisdicciones”, dijo Godoy.&nbsp;</p><p>&nbsp;“Hay demostración estadística de cómo la oralidad y el proceso abreviado achicaron los tiempos de la justicia en los distintos fueros donde se aplicaron en comparación con el proceso ordinario -ratificó Pistone-. Esa agilidad de la administración de justicia no es solo una demanda de los abogados sino también a nivel social. La sociedad demanda mayor acceso a la justicia y tiempos más razonables, porque la justicia que llega tarde no es tal”, sostuvo.&nbsp;</p><p>“La idea es que entre todos ayudemos a que haya un mejor servicio de justicia”, añadió su colega.&nbsp;</p><p>“Los profesionales del derecho tenemos que estar siempre aggiornándonos y el lugar para hacerlo es el Colegio de Abogados, por ello desde el directorio se plantea estar permanentemente acompañando a los matriculados y escuchar sus necesidades y estas jornadas de capacitación, sin duda, son una buena oportunidad. Tenemos muy buenas expectativas en cuanto al nivel de convocatoria”, manifestaron.</p><p>“De alguna manera, hay una intención ‘federalista’ de FeCACor de acercar herramientas a los abogados del interior, de toda la provincia –siguió Pistone-. Esto se da en un contexto en que Córdoba está siendo pionera en reformas judiciales, tanto a nivel de tecnología como de procedimientos”.&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>Inscripciones &nbsp;<p>Las inscripciones para participar del curso virtual sobre Procedimiento Declarativo Abreviado por Audiencia Única (PDA) están abiertas y pueden realizarse a través del siguiente correo electrónico: CursosFecacor@gmail.com.&nbsp;</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/cdn-cgi/image/width=400,quality=75/media/2024/07/abogados_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Serán seis jornadas semanales de formación que comenzarán el 31 de julio de forma virtual y las inscripciones están abiertas.]]>
                </summary>
                                <category term="san-francisco" label="San Francisco" />
                <updated>2024-07-28T00:03:58+00:00</updated>
                <published>2024-07-27T18:49:13+00:00</published>
    </entry>
    </feed>