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    <title>La Voz de San Justo</title>
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    <updated>2026-08-08T11:30:04+00:00</updated>
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            La expropiación del sentido común
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TZF7caxE33l6gRnr-JzSduCLEwI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/quaglia.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Fernando Quaglia | LVSJ</p><p>La política argentina actual tiende a privilegiar ideas y convicciones por encima de los hechos. Entonces, la realidad deja de actuar como un límite a las decisiones y el sentido común se convierte en un gran ausente.</p><p>Más allá de la frase que señala que “es el menos común de los sentidos”, referirse al sentido común exige ingresar en categorías filosóficas fundantes que implican esfuerzo para comprenderlas.</p><p>Aristóteles lo asemejó a la prudencia, entendida como la capacidad humana de juzgar de modo correcto situaciones concretas. Más adelante, en el siglo XVIII, un filósofo no tan conocido, Thomas Reid, señalaba que conocer implica la existencia de principios, no siempre visibles pero reconocibles por el ser humano, que dirigen la interpretación de los hechos. Antonio Gramsci introdujo un matiz diferenciador al sostener que el sentido común no es una verdad absoluta sino una construcción cultural que expresa relaciones de poder y se convierte en el piso desde el cual una sociedad interpreta la realidad.</p><p>En cualquier caso, tener sentido común exige respetar evidencias existentes antes de tomar decisiones. Es decir, entender que el sentido común se hace presente cuando las ideas se contrastan con la realidad, cuando la acción política no prescinde de las circunstancias en las que se desarrolla. Se podrá señalar que esto lleva al pragmatismo excesivo o al utilitarismo. Sin embargo, en determinadas situaciones, las ideas dejan de ser útiles cuando prescinden de los hechos. Aquí sí el sentido común puede corregir desvíos.</p><p>Las ideologías son valiosas para orientar decisiones, pero el sentido común sirve para impedir que el marco ideológico termine reemplazando a la realidad. Por ello, puede ocurrir que aplicar este enfoque a las vicisitudes de la política argentina abra la posibilidad de convertir el análisis en un laberinto. No obstante, vale la pena el intento cuando la realidad exhibe numerosas situaciones en las que parece demostrar que, en este ámbito, es el menos común de los sentidos.</p>Convicciones versus realidad<p>Alejada del sentido común está la tendencia a minimizar problemas cuya evidencia termina imponiéndose. Por ejemplo, restar importancia al drama de la morosidad de miles de familias argentinas cuando el ministro de Economía la atribuyó solo a especulación financiera o el presidente la presentó como una consecuencia de la ignorancia en la materia. Lo mismo cuando se tildó de tarados a los que reclaman por la situación del sector productivo. En ese sentido, también se está lejos cuando no se advierte que las preocupaciones sociales ya no pasan únicamente por la reducción de la inflación.</p><p>Tampoco parece responder al sentido común el envío de un proyecto para facilitar la extranjerización de la tierra precisamente cuando el Mundial de Fútbol volvió a poner en primer plano sentimientos nacionalistas. En la misma línea se ubica la decisión de desregular la actividad de los prácticos navales sin dialogar con quienes conocen el funcionamiento del sistema portuario, lo que generó pérdidas multimillonarias en el ámbito del comercio exterior. La misma ausencia quedó plasmada en el deterioro innecesario de la relación con Brasil, principal socio comercial del país, al tiempo que se intenta construir un liderazgo regional basado en lo ideológico por sobre los intereses reales de la Argentina.</p><p>De todos modos, los problemas reales de gestión del Gobierno se atenúan cuando algunos dirigentes opositores actúan como si fuesen los jefes de campaña del oficialismo. Así, además de algunos aciertos, los errores en la vereda contraria se transforman en un activo para el bando libertario.</p><p>Es que la oposición tampoco muestra apego al sentido común. Un exministro cuestiona el proyecto de reforma del Banco Central y dice que si ganan las elecciones harán “todo al revés”. El mismo espacio político rechazó con énfasis la iniciativa de liberar la compra de tierras a los extranjeros, pero nunca termina de explicar la cesión de una porción de territorio nacional para la instalación de una base china. Y desde La Rioja, en un rapto de chavismo tardío, un gobernador anuncia nacionalizaciones y expropiaciones generalizadas.</p><p>Son cuestiones diferentes, pero revelan la dificultad para sostener coherencia con la realidad, puesto que la toma de posición está condicionada por la conveniencia política ante la cercanía del tiempo electoral o por la imposibilidad de exhibir una alternativa atractiva.</p><p>En definitiva, la prudencia de Aristóteles, los principios de Reid o la construcción cultural de Gramsci no asoman como aspectos visibles de este tiempo político. Los hechos existen, aunque contradigan las convicciones propias. Son un límite que debe ser reconocido porque las ideas están obligadas a rendir examen ante el “tribunal” de la realidad. Como no suele ser así, el único expropiado es el sentido común.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TZF7caxE33l6gRnr-JzSduCLEwI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/quaglia.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La política argentina actual tiende a privilegiar ideas y convicciones por encima de los hechos. Entonces, la realidad deja de actuar como un límite a las decisiones y el sentido común se convierte en un gran ausente]]>
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                <published>2026-08-08T11:30:00+00:00</published>
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            Desalojo “exprés”: qué cambiaría para inquilinos y dueños con el proyecto que tuvo media sanción en la Cámara alta
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/u3ibaxwouVc-aLUGEk3EVNNQyo8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/desalojo.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras un intenso debate, el Senado le dio media sanción al proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada que busca introducir nuevas reglas para la acción de desalojo en inmuebles urbanos y rurales. La iniciativa apunta a agilizar el proceso judicial y a redefinir derechos y obligaciones de propietarios y ocupantes.</p><p>El texto, que debe ser aprobado por la Cámara de Diputados para tener fuerza de ley, propone que toda acción de desalojo se tramite mediante un juicio sumarísimo. Esto significa un procedimiento más rápido respecto de la vía tradicional. Además, amplía la legitimación activa: cualquier sujeto que invoque un derecho o interés legítimo afectado podrá iniciar la acción, sin importar la naturaleza jurídica de su vínculo con el inmueble. De esta forma, no solo los propietarios podrán demandar, sino también quienes acrediten un interés afectado por ocupaciones indebidas.</p><p>“Si el destino es habitacional, previamente a la demanda de desalojo por falta de pago de alquileres el locador debe intimar fehacientemente al locatario al pago de la cantidad debida y otorgar para ello un plazo que no debe ser inferior a DIEZ (10) días corridos contados a partir de la recepción de la intimación, con especificación del lugar de pago”, especifica el capítulo dedicado a esta temática.</p><p>Seguido a ello, se agrega que “el diligenciamiento de la notificación podrá ser dirigido al domicilio denunciado en el contrato por el locatario, sea éste real o electrónico, se tiene por válido aún si el locatario se negara a recibir la notificación o no pudiese perfeccionarse por motivos imputables a él”.</p><p>Y continúa: “Cumplido el plazo previsto en el primer párrafo, o habiéndose verificado la extinción de la locación por cualquier motivo, el locatario debe restituir la tenencia del inmueble locado. Ante el incumplimiento del locatario, el locador puede iniciar la acción judicial de desalojo, la que debe sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley. En ningún caso el locador puede negarse a recibir las llaves del inmueble o condicionar su recepción, sin perjuicio de la reserva por las obligaciones pendientes a cargo del locatario”.</p><p>Al mismo tiempo, el documento subraya que “en caso de negativa o silencio frente al requerimiento por parte del locatario a efectos de que se le reciba las llaves del inmueble, este puede realizar la consignación judicial de aquellas, en cuyo caso los gastos y costas están a cargo del locador”.</p><p>“En ningún caso se adeudan alquileres ni ningún tipo de obligación accesoria a partir del día de la notificación fehaciente realizada al locador a efectos de que reciba las llaves del inmueble, siempre que el locatario efectúe la consignación judicial dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes a tal notificación, o desde que le fuera notificado al locador el depósito judicial de las llaves si la consignación se hubiese iniciado después del vencimiento de dicho plazo”, sostiene.</p><p>Uno de los ejes del proyecto reside en la posibilidad de obtener la entrega inmediata del inmueble en casos de ocupación precaria o intrusión. El artículo 680 BIS detalla que, si el derecho invocado resulta verosímil, “el juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria”.</p><p>Al mismo tiempo, se introduce la obligación de realizar un reconocimiento judicial dentro de las 72 horas en casos de cambio de destino, deterioro, obras nocivas o uso abusivo o deshonesto de la propiedad. El magistrado deberá constatar la identidad de los ocupantes con nombre, nacionalidad y documento, con la presencia del Defensor Oficial.</p><p>Otra novedad relevante es la protección de individuos vulnerables durante el desalojo. El texto exige la intervención de organismos de protección y del Ministerio Público Tutelar cuando haya menores, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo.</p><p>En este caso, el juez deberá otorgar un plazo de hasta diez días para asegurar una alternativa habitacional transitoria. Además, la caución juratoria solo será admisible cuando el derecho del actor sea inequívoco y no existan terceros de buena fe, pudiendo el magistrado exigir una fianza para garantizar eventuales daños.</p><p>En relación a las notificaciones, el proyecto dispone que, si no hay domicilio especial, la demanda podrá notificarse en el inmueble objeto del desalojo o en el domicilio electrónico constituido. En efecto, el artículo 683 del proyecto faculta al notificador a identificar por cualquier medio el inmueble a desalojar, incluso con fotografías, y a solicitar el auxilio de la fuerza pública si fuese necesario. Asimismo, el notificador deberá identificar a los ocupantes, preguntar por su relación con el demandado y dejar constancia de estos datos.</p><p>El artículo 684, en tanto, establece que la notificación en el inmueble debe hacerse saber a todos los presentes —incluso si no fueron denunciados— y que la sentencia producirá efectos contra todos los ocupantes, presentes o ausentes. Quien notifique podrá requerir fuerza pública, allanar domicilios y exigir documentos de identidad. El incumplimiento de estos procedimientos constituirá una falta grave.</p><p>Respecto a causales de desalojo por falta de pago o vencimiento del contrato, se habilita al actor a obtener la desocupación inmediata bajo caución juratoria, siempre que el procedimiento y plazo se hayan pactado. Si se descubre que el actor ocultó datos relevantes, podrá recibir una multa de hasta diez veces el último alquiler, a favor de la contraparte.</p><p>Por otro lado, se introducen precisiones sobre el mandamiento de lanzamiento, autorizando al oficial de justicia a requerir el uso de la fuerza pública, allanar domicilios y designar depositario para los bienes muebles hallados.</p><p>El proyecto también suma el artículo 1222 al Código Civil y Comercial, que exige una intimación fehaciente previa al desalojo por falta de pago en viviendas. El locador deberá intimar al pago con un plazo no menor a diez días corridos, especificando el lugar de pago. Solo tras el vencimiento de ese plazo podrá iniciar la acción de desalojo por el trámite más breve previsto en la ley. Si el locatario ofrece devolver las llaves y el locador se niega, el inquilino podrá consignarlas judicialmente, liberándose de toda obligación a partir de la notificación.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/u3ibaxwouVc-aLUGEk3EVNNQyo8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/desalojo.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La iniciativa impulsa desalojos más rápidos y amplía quiénes pueden solicitarlos, redefine plazos y notificaciones, y establece garantías para inquilinos vulnerables, con nuevas reglas para la restitución y entrega inmediata de inmuebles]]>
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                                <updated>2026-08-07T12:14:41+00:00</updated>
                <published>2026-08-07T12:14:38+00:00</published>
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            Senado: el Gobierno aprobó la ley de propiedad privada, pero tuvo que quitar otro capítulo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/36L24G7iS_S4if64b3OKqgbVPpA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/senado_nacional.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Libertad Avanza consiguió sancionar en general el proyecto que agiliza los desalojos y limita las expropiaciones, pero el Gobierno tuvo un revés con la Ley del Manejo del Fuego, ya que debió eliminar ese capítulo porque no tuvo los votos de sus aliados dialoguistas.</p><p>La iniciativa fue sancionada por 37 a 33 votos que fueron aportados por la Libertad Avanza, UCR, PRO, y los senadores provinciales de Misiones, Chubut, Neuquén y un legislador de Provincias Unidas. El Gobierno ya había eliminado ayer el capítulo 3 sobre extranjerización de la tierra y hoy debió excluir los artículos sobre la Ley del Manejo del Fuego.</p><p>Ese respaldo se obtuvo con los 21 votos de La Libertad Avanza, 9 de la UCR, 3 del PRO, los dos senadores misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, el correntino Carlos "Camau" Espínola &nbsp;y la chubutense Edith Terenzi.</p><p>En contra estuvieron 24 senadores del interbloque justicialista, 3 de Convicción Federal, Beatriz Avila de Independencia, Flavia Royon de Primero los Salteños, Alejandra Vigo de Provincias Unidas, la neuquina Julieta Corroza y los santacruceños José Carambia y Natalia Gadano.</p><p>Sin embargo, el oficialismo fracasó en su propósito de cambiar para la reforma de la Ley de Manejo del Fuego, ya que había senadores dialoguistas que rechazaban esta propuesta.</p><p>Los radicales Maximiliano Abad y Daniel Kroneberger, además de Terenzi, Royón, Alejandra Vigo, los santacruceños Carambia y Gadano, la tucumana Beatriz Oliva y los dos representantes misioneros, rechazaron los cambios a la ley promovida por Máximo Kirchner.</p><p>La ley vigente, impulsada en 2020, prohíbe modificar durante 60 años el uso de bosques nativos y humedales afectados por incendios y durante 30 años en el caso de tierras agropecuarias. El Gobierno busca flexibilizar ese régimen al considerar que castiga a los propietarios de los inmuebles incendiados.</p><p>En el capitulo sobre desalojos el oficialismo junto a los aliados tuvo 36 votos ya que la chubutense Edith Terenzi decidió abstenerse.</p>El debate<p>La Cámara alta reanudó ayer el tratamiento de una versión recortada de la iniciativa, luego de que el oficialismo eliminó el capítulo que modificaba la Ley de Tierras Rurales ante la resistencia de gobernadores y bloques dialoguistas.</p><p>En el primer tramo de la deliberación del pleno del cuerpo se decidió enviar a la comisión de Asuntos Constitucionales, los pedidos de los senadores del PJ Anabel Fernández Sagasti y de la UCR Flavio Fama para poder participar en forma remota de la sesión.</p><p>El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, el libertario Agustín Coto, dijo: "El espíritu del proyecto es simplificar y acelerar los procesos para que los dueños de los bienes no sean castigados por las demoras judiciales y garantizar el principio del artículo 17 de la Constitución Nacional, que protege la propiedad privada".</p><p>Coto explicó que la reforma propone que los desalojos por ocupaciones ilegales tramiten por la vía sumarísima, en lugar del procedimiento ordinario vigente, con el objetivo de reducir significativamente los plazos judiciales.</p><p>Respecto de la Ley de Manejo del Fuego, sostuvo que las modificaciones buscan evitar que el propietario de un inmueble incendiado "sea doblemente castigado" por las restricciones impuestas por la normativa actual.</p><p>Eb el último tramo de la sesión, el jefe del bloque Justicialista, José Mayans, &nbsp;afirmó que el proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada del Gobierno "es un asco" y es "inconstitucional".</p><p>"Esa modificación de la ley de Expropiaciones es inconstitucional de cabo a rabo, no resiste nada. Es un robo a cara descubierta de los bienes y las empresas del Estado", aseguró en el discurso de cierre del peronismo, antes de la votación de la iniciativa.</p><p>Y agregó que "es para garantizar que, lo que se pase al sector privado, el Estado bobo no pueda recuperarlo".</p><p>Desde el oficialismo, la jefa del bloque de La Libertad Avanza en el Senado, Patricia Bullrich, defendió el proyecto de "Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada", del cual dijo que "viene a reparar a cientos de miles de argentinos que fueron violentados en el pasado" por el Estado.</p><p>"Ahora nadie te va a poder avasallar, porque hasta ahora las organizaciones mafiosas de todo tipo tomaban tierras, vendían, usurpaban la casa y se quedaban con el esfuerzo de los argentinos. Ahora el Estado te va a proteger, no te va a usurpar", afirmó en el discurso de cierre del oficialismo.</p><p>"Por eso esta ley viene a reparar a cientos de miles de argentinos que fueron violentados en el pasado, para que ningún argentino de las próximas generaciones sea violentado por un Estado que violenta y roba. Ahora los argentinos van a tener justicia", apuntó.</p><p>En representación del bloque justicialista, el senador pampeano Daniel Bensusán calificó el proyecto como "un nuevo mamarracho" del Gobierno de Javier Milei y aseguró que la iniciativa apunta a "entregar la soberanía argentina a potencias extranjeras".</p><p>Además, cuestionó el trámite parlamentario al denunciar que los senadores recibieron el nuevo dictamen "apenas una hora antes del inicio de la reunión, en un archivo sin membrete, sin firma y con decenas de modificaciones".</p><p>Por su parte, uno de los discursos más duros fue el de la senadora rionegrina peronista Ana Marks, quien sostuvo que considerar la tierra "un bien abierto al capital, mirando solamente su función mercantil, es estar en contra del pueblo" y acusó al oficialismo de actuar como "cipayos y entreguistas".</p><p>La legisladora también cuestionó el nuevo régimen de desalojos al advertir que el Gobierno "no tiene ningún acompañamiento para quienes no pueden pagar un alquiler" y rechazó que la respuesta a la crisis habitacional sea acelerar las expulsiones de ocupantes.</p><p>Desde La Libertad Avanza, el senador Gonzalo Guzmán Coraita rechazó las críticas y defendió el proyecto al sostener que "la Argentina necesita reglas claras para ser un país previsible".</p><p>Por su parte, la libertaria Nadia Márquez sostuvo: "Queremos una Argentina libre y de personas prósperas. Esta ley promueve el fin de las usurpaciones, intentar que recuperar un inmueble sea más ágil, ponerle un freno a las expropiaciones desmedidas y también apoyar a todos los que quieren invertir".</p><p>A su vez, el radical Maximiliano Abad señaló: "Las inversiones no van a venir porque se flexibilice una ley o porque se concedan beneficios extraordinarios. Van a venir si en nuestro país hay estabilidad, instituciones sólidas, si tenemos una política exterior coherente y permanente en el tiempo".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/36L24G7iS_S4if64b3OKqgbVPpA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/senado_nacional.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Luego de haber eliminado el articulado sobre extranjerización de tierras, LLA dio de baja las modificaciones a la Ley de Manejo de Fuego.]]>
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                                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                                <updated>2026-08-07T12:11:11+00:00</updated>
                <published>2026-08-07T12:11:08+00:00</published>
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            Tensión frente al Congreso: la Policía reprimió con gases y camiones hidrantes a manifestantes
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GV0Z0z5BGUe89EPgTcCGK_TQlOo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/hubo_enfrentamientos_entre_la_policia_y_los_manifestantes_en_la_marcha_frente_al_congreso.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La protesta que se desarrollaba este jueves frente al Congreso de la Nación contra la Ley de Propiedad Privada terminó con momentos de tensión y enfrentamientos entre efectivos policiales y un grupo de manifestantes que se acercó al vallado ubicado en las inmediaciones del Palacio Legislativo.</p><p>Los incidentes se registraron cerca de las 17, sobre la avenida Entre Ríos, cuando algunos participantes de la movilización avanzaron hacia las vallas de seguridad. En ese contexto, la Policía utilizó carros hidrantes, gases lacrimógenos y gas pimienta para dispersar a quienes intentaban aproximarse al perímetro restringido.</p><p>La marcha había comenzado al mediodía y reunió a miles de personas, entre organizaciones sindicales, movimientos sociales, agrupaciones políticas y manifestantes autoconvocados. Participaron sectores de la CGT, las dos CTA, la UTEP y espacios del peronismo y la izquierda.</p><p>La movilización se realizó bajo la consigna “La tierra no se vende, no se quema, no se desaloja”, en rechazo a la reforma de la Ley de Tierras, una modificación que finalmente fue retirada del proyecto oficial de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada que se debatía en el Senado.</p><p>Mientras en el recinto parlamentario avanzaba la discusión legislativa, en las calles cercanas al Congreso se desplegó un operativo de seguridad que incluyó cortes y restricciones de circulación en el área comprendida por las avenidas Belgrano, Corrientes, Jujuy-Pueyrredón y 9 de Julio.</p><p>El dispositivo afectó el tránsito en distintos puntos del centro porteño y provocó cambios en los recorridos de 22 líneas de colectivos. Además, la estación Congreso de la Línea A del subte permaneció cerrada durante la jornada, mientras que otras estaciones funcionaron con restricciones preventivas.</p><p>La protesta tuvo alcance federal, con convocatorias también en distintas ciudades del país, entre ellas Rosario, Córdoba, Santa Fe, Mendoza, La Plata, Mar del Plata, Salta, Tucumán, Bariloche, Ushuaia y Posadas.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GV0Z0z5BGUe89EPgTcCGK_TQlOo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/hubo_enfrentamientos_entre_la_policia_y_los_manifestantes_en_la_marcha_frente_al_congreso.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La protesta contra la Ley de Propiedad Privada derivó en incidentes sobre avenida Entre Ríos. Hubo uso de gases lacrimógenos y gas pimienta para contener a los manifestantes.]]>
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                                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                                <updated>2026-08-06T21:24:25+00:00</updated>
                <published>2026-08-06T21:24:23+00:00</published>
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            Sin el capítulo sobre tierras a extranjeros, el Senado comenzó a debatir la Ley de Propiedad Privada
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rnfQmWWZTuGynAfHd0EDWidGdEQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/bullrich_y_villaruel.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Senado de la Nación retomó este jueves el debate de la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una de las iniciativas impulsadas por el oficialismo, luego de que el Gobierno decidiera retirar del proyecto el capítulo referido a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros.</p><p>La sesión comenzó a las 14.15, tras el cuarto intermedio dispuesto el mes pasado para continuar las negociaciones y reunir los apoyos necesarios para avanzar con la iniciativa.</p><p>La decisión de excluir el apartado sobre tierras rurales fue clave para destrabar el tratamiento legislativo. El capítulo había generado fuertes resistencias tanto en sectores de la oposición como entre algunos aliados del oficialismo, lo que ponía en riesgo la continuidad del debate.</p><p>Inicialmente, la propuesta contemplaba modificaciones a la legislación vigente sobre la titularidad de tierras rurales por parte de ciudadanos y capitales extranjeros. Sin embargo, ante la falta de consenso, el oficialismo optó por eliminar ese punto y concentrar la discusión en el resto del proyecto.</p>Una sesión atravesada por la tensión política<p>La jornada comenzó con varios planteos reglamentarios y cruces entre los bloques parlamentarios.</p><p>Uno de los primeros temas abordados fue la situación de la senadora mendocina Anabel Fernández Sagasti, quien solicitó participar de manera remota debido a un embarazo avanzado. La presidenta del bloque oficialista, Patricia Bullrich, pidió que el planteo fuera remitido a comisión, propuesta que finalmente fue aceptada por el cuerpo.</p><p>Por otra parte, el senador libertario Joaquín Benegas Lynch respondió a una impugnación impulsada desde el bloque peronista, que cuestionó su participación en el debate al considerar que podría existir un conflicto de intereses por su actividad vinculada al sector agropecuario e inmobiliario.</p><p>El legislador rechazó las acusaciones y sostuvo que su trayectoria profesional es pública y no constituye un impedimento para intervenir en la discusión parlamentaria.</p>&nbsp;Un gesto del peronismo por Malvinas<p>En el inicio de la sesión también hubo lugar para un mensaje político. Los senadores del bloque peronista exhibieron en sus bancas pines con la leyenda "Las Malvinas son Argentinas", en referencia a la bandera mostrada por los jugadores de la Selección argentina tras la victoria frente a Inglaterra en las semifinales del Mundial 2026.</p><p>El gesto llamó la atención dentro del recinto y se produjo en medio de una jornada legislativa marcada por las diferencias políticas en torno a uno de los proyectos más importantes para el Gobierno.</p><p>Mientras el debate avanza en la Cámara alta, en las inmediaciones del Congreso se desarrollan distintas manifestaciones convocadas por organizaciones sociales y sectores que cuestionan la iniciativa impulsada por el oficialismo.</p><p>Con la eliminación del capítulo sobre tierras rurales, el oficialismo apuesta a reunir los votos necesarios para aprobar una ley que considera estratégica dentro de su agenda legislativa.</p>&nbsp;Participación virtual<p>De todos modos, previo al debate del dictamen sobre "inviolabilidad de la propiedad privada", el pleno resolvió los pedidos de los senadores del peronismo Anabel Fernández Sagasti, y del radical Flavio Fama, para participar de la sesión en forma virtual, que fue avalado por la Vicepresidenta Victoria Villarruel.</p><p>Fernández Sagasti&nbsp;había pedido participar en forma virtual debido a que no puede viajar desde Mendoza a Buenos Aires por estar cursando la semana 32 de su embarazo, y fue autorizada por Villarruel, aunque lo dejó supeditado a la decisión del pleno del cuerpo, el cual votó que la senadora no pueda votar de forma virtual.</p><p>Posteriormente, el senador radical Fama sumó otro pedido debido a que fue operado de la rodilla y no puede trasladarse y también fue autorizado por Villarruel, pero siempre que tenga el aval del cuerpo.</p>&nbsp;Desalojos<p>Se aplicará un desalojo exprés solo en los casos en que se trate de inmuebles usurpados o tenedores precarios, donde el juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si "el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria".</p><p>El juez podrá intimar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si así lo pide el propietario, que deberá mostrar con prueba documental que es el dueño de este terreno, vivienda o campo.</p><p>En el caso de los deudores morosos tendrán más plazos ya que los inquilinos que adeudan el pago de sus contratos deberán recibir de parte del propietario una carta documento y otorgar un plazo de al menos 10 días corridos para ponerse al día, que se contarán desde que reciben la respectiva notificación.</p>&nbsp;Expropiaciones<p>La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva; declaración de “utilidad pública” deberá interpretarse de manera restrictiva y el Estado deberá fundamentar los motivos claramente de esa medida.</p><p>El dictamen estableció que habrá tope del 30% de indemnización por lucro cesante, ya que en el proyecto original no ponía ningún porcentaje. La tasa de interés que se deberá pagar será la del Índice de precios al Consumidor más la tasa del Banco Nación a treinta días.</p>&nbsp;Ley de Manejo del fuego<p>Se deroga el artículo que establecía que en caso de incendio de un predio rural por 30 años no se podía cambiar el uso sobre superficies incendiadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas.</p><p>En el caso de incendios de bosques nativos se prohíbe el cambio de uso y destino prevista en la actual norma, pero se elimina el plazo de 60 años establecidos en la ley promovido por Máximo Kirchner.</p>&nbsp;Regularización de escrituras<p>El proyecto modifica la ley "Pierri" de regularización dominial para que puedan acceder a la escritura de esa vivienda única para las familias que tengan una posesión pública durante los 10 años anteriores para poder acceder a ese beneficio.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rnfQmWWZTuGynAfHd0EDWidGdEQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/bullrich_y_villaruel.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El oficialismo retiró el punto más cuestionado del proyecto para asegurar la sesión. La Cámara alta retomó el debate tras el cuarto intermedio dispuesto en julio.]]>
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                                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                                <updated>2026-08-06T19:27:11+00:00</updated>
                <published>2026-08-06T19:27:08+00:00</published>
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            Sin la venta de tierra a extranjeros, el Senado sesiona para avanzar con el resto de la ley de propiedad privada
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TE0IH_3EBZRzOonNjcmfxS1s_Hg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/senado_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Después de tensas horas y la caída completa del capítulo sobre venta de tierra a extranjeros, que significó un nuevo golpe para el oficialismo libertario, el pleno del Senado retomará la sesión que en julio pasó a cuarto intermedio y, desde las 14, intentará aprobar la ley de propiedad privada, con capítulos en pie que presentarán debate.</p><p>El convite además tendrá, sin dudas, una fuerte discusión reglamentaria tras el guiño de Victoria Villarruel a favor de la virtualidad de dos legisladores, situación que sólo puede ser convalidada por el pleno, que es soberano. El oficialismo que lidera Patricia Bullrich hierve por estas decisiones e incluso en varias bancadas dialoguistas rechazan -en voz baja- la jugada de la Vicepresidenta. No obstante, lo que vale es lo que se diga y vote en las próximas horas en el recinto.</p>Temáticas diversas<p>Expropiaciones. De lo que quedó del dictamen original -mayo pasado-, luego reformulado con al menos 17 borradores extra, se apunta a “bienes convenientes o necesarios para la satisfacción de la ‘utilidad pública’, cualquiera sea su naturaleza jurídica, pertenezcan al dominio público o al dominio privado, sean cosas o no”. Y se agrega: “La declaración de utilidad pública será de interpretación restrictiva y deberá identificar en forma específica y concreta el fin perseguido, y la expropiación del bien deberá ser idónea, necesaria y proporcional para alcanzarlo”.</p><p>En tanto, la “indemnización sólo comprenderá el valor objetivo del bien, tomando el valor de mercado siempre que sea determinado o determinable y los daños que sean una consecuencia directa e inmediata de la expropiación”; y “no se tomarán en cuenta circunstancias de carácter personal, valores afectivos, ganancias hipotéticas, ni el mayor valor que pueda conferir al bien el proyecto que motive la expropiación”.</p><p>La indemnización en cuestión “comprenderá el lucro cesante cuando sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación, se encuentre debidamente acreditado mediante prueba objetiva, concreta y suficiente y no implique una duplicación de rubros indemnizatorios o se encuentre ya comprendido dentro del valor objetivo del bien”. Sobre este punto, “en ningún caso, la indemnización podrá exceder al equivalente del 30% (TREINTA POR CIENTO) del valor del daño emergente, salvo que el expropiado demuestre fehacientemente una afectación superior”.</p><p>Un último ítem del capítulo manifiesta que “gozarán de los beneficios de esta ley los ocupantes que, con causa lícita, acrediten la posesión pacífica, ostensible y continua durante diez (10) años con anterioridad al momento de la solicitud de acogimiento al régimen establecido por la presente ley, respecto de inmuebles edificados urbanos y/o que la autoridad de aplicación local defina a estos efectos como tales, que tengan como destino principal el de vivienda única y permanente, y reúnan las características previstas en la reglamentación”.</p><p>Desalojos. La versión -por ahora- final plantea: “Si el destino es habitacional, previamente a la demanda de desalojo por falta de pago de alquileres el locador debe intimar fehacientemente al locatario al pago de la cantidad debida y otorgar para ello un plazo que no debe ser inferior a DIEZ (10) días corridos contados a partir de la recepción de la intimación, con especificación del lugar de pago”.</p><p>Seguido a ello, se suma que “el diligenciamiento de la notificación podrá ser dirigido al domicilio denunciado en el contrato por el locatario, sea éste real o electrónico, se tiene por válido aún si el locatario se negara a recibir la notificación o no pudiese perfeccionarse por motivos imputables a él”.</p><p>“Cumplido el plazo previsto en el primer párrafo, o habiéndose verificado la extinción de la locación por cualquier motivo, el locatario debe restituir la tenencia del inmueble. Ante el incumplimiento del locatario, el locador puede iniciar la acción judicial de desalojo, la que debe sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley. En ningún caso el locador puede negarse a recibir las llaves del inmueble o condicionar su recepción, sin perjuicio de la reserva por las obligaciones pendientes a cargo del locatario.</p><p>Manejo del Fuego. “En caso de incendios de superficies de bosques nativos, cualquiera sea el titular de estos, no podrán realizarse modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio”, sostiene la propuesta. La diferencia con la ley de Máximo Kirchner, vigente desde la época de Alberto Fernández, habla de prohibiciones para vender o cambiar de rubro en cuanto a uso durante 60 años.</p><p>Además, la iniciativa busca dinamitar el artículo 22 quáter de la norma actual. El mismo expresa que “en caso de incendios” en “en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales” se “prohíbe por el término de treinta (30) años desde su extinción: a) la realización de emprendimientos inmobiliarios; b) cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio; y, c) la modificación de uso de una superficie con el fin de desarrollar prácticas agropecuarias intensivas, excepto en los casos que dichas prácticas y modalidades hubiesen antecedido al evento”.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TE0IH_3EBZRzOonNjcmfxS1s_Hg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/senado_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara alta se reunirá desde las 14, tras el pase a cuarto intermedio del mes pasado. Expropiaciones, desalojos veloces y cambios en la ley de Manejo del Fuego de Máximo Kirchner, los puntos centrales post caída del título más polémico]]>
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                                <updated>2026-08-06T11:44:54+00:00</updated>
                <published>2026-08-06T11:44:50+00:00</published>
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