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    <title>La Voz de San Justo</title>
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    <updated>2026-08-31T13:13:54+00:00</updated>
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            El Gobierno otorgó un aumento para militares, fuerzas de seguridad y empleados públicos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/militares.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno publicó este lunes en Boletín Oficial las modificaciones salariales que se venían gestionando en las últimas semanas, incluso algunos ya confirmados. Se trata de incrementos escalonados para el personal de la Administración Pública Nacional y las fuerzas de seguridad federales, con vigencia a partir de septiembre y hasta el 31 de diciembre. Las subas quedaron instrumentadas mediante los decretos 832/2026 y 834/2026 y la resolución 844/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional.</p><p>La iniciativa será un incremento acumulado del 12,22% sobre el haber entre septiembre y diciembre de 2026. El primer aumento será del 6,9% desde el 1° de septiembre y alcanzará a todo el personal de las Fuerzas Armadas sin distinción de grado ni jerarquía, así como a los suplementos calculados sobre esa base.</p><p>Los incrementos se aplican en cuatro tramos mensuales consecutivos y alcanzan a los trabajadores permanentes y no permanentes del Estado comprendidos en el convenio colectivo homologado por el decreto 214/06.</p><p>En lo que refiere a las fuerzas de seguridad, la actualización para el personal de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) comprende el haber mensual, el suplemento por Funciones de Prevención Barrial y la compensación por Recargo de Servicio para el personal con estado militar de gendarme. Además, se amplía el suplemento Destino Estratégico de Operaciones (D.E.O.) a los efectivos desplegados en los Planes Operativos del Ministerio. La medida alcanza a 3.510 efectivos, con una mejora de entre 20% y 30% del haber neto, y hasta 35% en las jerarquías más bajas.</p><p>Por su parte, Prefectura Naval Argentina (PNA), tendrá una suba que abarca el haber mensual y la compensación por Recargo de Servicio para el personal con estado policial en actividad. También se crea el mismo suplemento para el personal desplegado en esos planes y un suplemento de Alto Riesgo para la Agrupación Albatros. Tanto Gendarmería como Prefectura actualizan el Suplemento Zona, con nuevos destinos y coeficientes, alcanzando aproximadamente a 16.500 efectivos, con incrementos de entre 10% y 30%.</p><p>Mientras, la Policía Federal Argentina (PFA) recibió una actualización del haber mensual del 30%, el suplemento por Zona, el valor del Servicio de Policía Adicional y las compensaciones de Custodia y Custodia Ferroviaria.</p><p>En lo que respecta a la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) se actualizaron algunos ítems del decreto 836/08 y la compensación por Recargo de Servicio, como también se crea una bonificación por Destino de Alta Complejidad para Aeroparque y Ezeiza, que alcanza a 2.100 efectivos y representa hasta un 15% de incremento del haber neto para las categorías más bajas.</p><p>En el caso del Servicio Penitenciario Federal (SPF), vio modificados el haber mensual, las compensaciones por Fijación de Domicilio y Variabilidad de Vivienda, el complemento por Función Ejecutiva, los suplementos por Zona Sur y Título Académico, el Régimen de Viáticos, el Resarcimiento de Gastos y el Reintegro de Gastos de Sepelio. También se crean los Servicios Adicionales y los Recargos de Servicios y se regulariza la situación de los Cadetes de Primer Año y los Aspirantes.</p><p>Esta medida había sido anticipado por Infobae a partir de la información de una fuente relacionada con el tema sobre los valores que constan en los anexos que integran la medida. En los últimos meses, hubo diferentes incrementos salariales y bonos extraordinarios destinados a este sector, y todos estos beneficios fueron oficializados por resoluciones del Poder Ejecutivo.</p><p>De hecho hace algunos meses se estableció un suplemento salarial específico dirigido a todo el personal de las Fuerzas Armadas que acredite la obtención de títulos superiores. Esta disposición comenzó a regir desde el 1° de julio y está destinada tanto al personal en actividad como a los retirados y pensionados. Dicho reconocimiento económico por la formación académica y la profesionalización del capital humano militar, forma parte de los valores actualizados.</p><p>En paralelo se conocieron también los ajustes para los empleados de la Administración Pública. El acuerdo paritario, homologado por el decreto 832/2026, fijó subas del 1,90% a partir del 1° de septiembre de 2026, del 1,80% desde el 1° de octubre, del 1,60% desde el 1° de noviembre y del 1,50% desde el 1° de diciembre, siempre sobre las retribuciones vigentes al último día del mes anterior. Cada porcentaje se aplica de forma acumulativa sobre la base actualizada del mes previo.</p><p>El mismo decreto estableció la prórroga del Premio Estímulo a la Asistencia hasta fin de año —con actualización de sus montos— y mantuvo las sumas fijas remunerativas y no bonificables previstas por el decreto 56/20 en idénticos valores hasta fin de año.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/08/militares.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata de un esquema de actualización en cuatro tramos, que se pagarán de manera escalonada hasta fin de año. También se incrementaron los salarios de los empleados públicos con regímenes especiales]]>
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                                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                                <updated>2026-08-31T13:13:54+00:00</updated>
                <published>2026-08-31T13:13:51+00:00</published>
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            Un joven oficial del Ejército murió durante un entrenamiento militar en Bahía Blanca
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/05/militar.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La muerte del teniente Ignacio Emanuel Olivera, de 30 años, durante una práctica de entrenamiento en la Base Naval Puerto Belgrano, encendió nuevamente las alarmas sobre los protocolos de seguridad en ejercicios militares de alta exigencia en Argentina.</p><p>Olivera, miembro de la Compañía de Comandos 603 del Ejército Argentino y oriundo de Santiago del Estero, se desvaneció el martes 30 de abril durante un entrenamiento en el campo de instrucción “Baterías”. A pesar de los intentos de reanimación y su posterior traslado al Hospital Naval, sufrió un paro cardiorrespiratorio y falleció.</p><p>La Justicia federal de Bahía Blanca investiga el hecho bajo la carátula de “muerte dudosa”, mientras que el Ejército Argentino inició un sumario interno para determinar las condiciones del ejercicio. Voceros oficiales señalaron que se aguardarán los resultados de la autopsia para esclarecer los motivos del colapso del joven oficial.</p><p>El Ejército expresó su pesar mediante un comunicado oficial, y también lo hicieron figuras como la vicepresidenta Victoria Villarruel. Su hermana, Nancy Olivera, médica del Hospital de Monte Quemado, lo despidió en redes sociales recordando su vocación y entrega.</p>Antecedentes en Argentina<p>La muerte del teniente Olivera no solo reabre el debate sobre la seguridad en los entrenamientos actuales, sino que también evoca el caso de Omar Carrasco, el joven conscripto asesinado en 1994 durante el servicio militar obligatorio en Zapala, Neuquén. Aquella tragedia derivó en la suspensión definitiva del servicio militar obligatorio en Argentina, marcando un punto de inflexión en la relación entre sociedad y Fuerzas Armadas.</p><p>A lo largo de las últimas décadas, sin embargo, otras muertes en contexto de entrenamiento —como las de soldados en Salta (2018) y Córdoba (2013)— siguieron revelando que, pese a los cambios, persisten riesgos graves que requieren controles más estrictos.</p><p>La trágica muerte del teniente Olivera pone nuevamente sobre la mesa la necesidad de revisar a fondo los protocolos de instrucción y garantizar la integridad física del personal militar.te</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/05/militar.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El teniente Ignacio Emanuel Olivera, de la Compañía de Comandos 603, murió durante un adiestramiento militar en Bahía Blanca. La Justicia investiga el hecho como “muerte dudosa”. Casos similares reavivan el debate sobre los protocolos de seguridad en las Fuerzas Armadas.]]>
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                                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                                <updated>2025-05-02T20:35:16+00:00</updated>
                <published>2025-05-02T20:34:53+00:00</published>
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            Milei autorizó el envío de militares a custodiar “objetivos estratégicos” ante amenazas de terrorismo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/12/militares.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente Javier Milei autorizó el envío de militares a custodia “objetivos estratégicos” frente a amenazas como el terrorismo internacional o el crimen organizado, según un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, junto a los ministerios de Defensa y de Seguridad. La decisión otorga al Poder Ejecutivo la definición de cuáles son esas instalaciones o bienes que el Estado debería proteger de manera especial ante riesgos que pudieran comprometer la soberanía.</p><p>La asignación de “objetivos estratégicos” está apuntando a plantas nucleares, usinas eléctricas, represas, radares y instalaciones de seguridad nacional, entre otros.</p><p>Si bien la legislación actual reconocía esa facultad, el decreto que firman Milei, Luis Petri y Patricia Bullrich, le otorgó tanto al primer mandatario como al Jefe de Gabinete la facultad para definir qué es -y qué no- un “objetivo estratégico”. Al mismo tiempo, incluyó dentro de los considerandos un aspecto clave: “Las amenazas y agresiones pueden proceder de fuerzas, organismos, organizaciones o actores estatales, paraestatales o criminales de origen transfronterizo o nacional, durante períodos de paz, de guerra o conflicto armado y en situaciones de conmoción interior”.</p><p>La inclusión de actores “para estatales o criminales” modifica la normativa vigente, que solo reconocía amenazas de entes nacionales, es decir, países. Desde que asumió la actual conducción política se viene planteando la necesidad de modificar ese límite, habida cuenta de la actuación de otros actores con la misma o peor capacidad de daño, como puede ser el terrorismo internacional y las bandas criminales con ramificaciones en distintos países.</p><p>En concreto, el decreto estableció, en su artículo 1°: “Definición. Entiéndese por ‘Objetivos de Valor Estratégico’ cualquier bien, instalación o conjunto de instalaciones fijas y las entidades materiales de vital importancia para el ESTADO NACIONAL que, en caso de ser dañados parcialmente o destruidos, ocasionarían graves perjuicios a la vida y bienestar de los habitantes del país, a su economía, al ambiente o a la propia Seguridad de la Nación, limitando, posponiendo o impidiendo su desarrollo”.</p><p>En el segundo artículo se estableció la competencia, al sostener que “la calificación como ‘Objetivo de Valor Estratégico’ será competencia exclusiva del Poder Ejecutivo Nacional El Jefe de Gabinete de Ministros o los Ministros de Defensa y de Seguridad podrán proponer al PEN la calificación de ‘objetivo estratégico’ a otros bienes, instalaciones o conjunto de instalaciones fijas conforme el criterio expuesto en el artículo 1° del presente”.</p><p>El tercero es un artículo clave, al determinar la cooperación Interinstitucional: “El Ministerio de Seguridad, en función de los ‘Objetivos de Valor Estratégico’ que custodie por medio del empleo de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, en cumplimiento de lo determinado por el Poder Ejecutivo Nacional, podrá solicitar el apoyo de las Fuerzas Armadas o el de Cuerpos Policiales Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cuyo caso coordinará sus acciones con el Ministerio de Defensa o con los Gobiernos de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Airees, según corresponda”.</p><p>“En el mismo sentido actuará el Ministerio de Defensa, en la oportunidad en la que deba proporcionar protección, en tiempo de paz, a ‘Objetivos de Valor Estratégico’ en el cumplimiento de lo dispuesto por el PEN”.</p><p>En tanto, el artículo cuarto, definió la dependencia operacional: “En caso de guerra o conflicto armado los ‘Objetivos de Valor Estratégico’ que se encuentren protegidos por las Fuerzas Armadas, por las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales o conjuntamente, con la finalidad de complementar sus capacidades, quedarán bajo comando operacional de las Fuerzas Armadas”.</p><p>“En situaciones de conmoción interior, en los términos de los artículos 31 y 32 de la Ley de Seguridad Interior N° 24.059 y sus modificatorias, los ‘Objetivos de Valor Estratégico’ emplazados o en tránsito y las Fuerzas que los protegen en el ámbito territorial en el cual rija el Estado de Sitio quedarán bajo comando operacional de las Fuerzas Armadas”, continuó ese ítem del decreto firmado por Milei, Petri y Bullrich.</p><p>En quinto artículo, en su cláusula operativa indicó: “Los ‘Objetivos de Valor Estratégico’ definidos con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto y que cuenten con la custodia de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales mantendrán esa calificación y protección con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto y hasta que el PEN lo modifique en los términos del artículo 2º”. Los últimos dos ítems concluyeron con la formalidad de su puesta en vigencia.</p>Fundamentos del decreto<p>En los considerandos que fundamentan el decreto se indicó que la Ley de Defensa Nacional “tiene por finalidad garantizar de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación; proteger la vida y la libertad de sus habitantes”. Y que el legislador consideró que los “objetivos estratégicos” “poseen un alto valor para la Nación Argentina que definen la necesidad de su custodia”.</p><p>“La citada norma no contiene una definición del término ‘objetivo estratégico’ que permita identificar con certeza qué bien, instalación o conjunto de instalaciones fijas revisten tal carácter, independientemente de la parte del territorio en el que se encuentre localizado. Que una adecuada evaluación estratégica sobre la Seguridad Nacional, implica la anticipada detección de las amenazas y la efectiva reacción ante las agresiones que puedan afectar objetivos estratégicos en la República Argentina”, resaltó el decreto.</p><p>Según la medida que firmaron el presidente y sus dos ministros, “la determinación sobre la protección a un objetivo estratégico será producto de analizar y evaluar adecuadamente las capacidades que deben poseer los defensores para enfrentar, con posibilidades de éxito, a las potenciales amenazas y agresiones, en período de paz, de guerra o de conmoción interior” y que “en consecuencia, resulta indispensable definir y caracterizar el concepto de ‘objetivo estratégico’ a los efectos de poder identificarlo para su posterior custodia y protección, otorgando al concepto de certeza jurídica y evitar remisiones a un concepto indeterminado”.</p><p>“Compete al Presidente de la Nación determinar los “Objetivos de Valor Estratégico” que han de ser objeto de protección por parte de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales”. Además, se destacó en los considerandos que la Ley de Seguridad Interior vigente estableció “bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la seguridad interior e implica el empleo de los elementos humanos y materiales de todas las Fuerzas de Seguridad Federales con el fin de alcanzar los objetivos de la citada ley”.</p><p>“No puede soslayarse que una mirada estratégica de la Seguridad Nacional importa la detección de las amenazas que enfrenta el Estado, entre las que se encuentra el terrorismo internacional como uno de los principales problemas de la Agenda del siglo XXI. Que dichas amenazas están relacionadas con la desestabilización del Estado y las instituciones democráticas, a través de la afectación de la infraestructura crítica, situación que se agudiza con las nuevas tecnologías aplicadas al arte del combate no convencional”, consignó el decreto.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/12/militares.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Presidente firmó un decreto con los ministros Luis Petri, de Defensa; y Patricia Bullrich, de Seguridad, que le permite definir cuáles son las instalaciones o los bienes a proteger. La medida regirá tanto para “períodos de paz, de guerra o de conmoción interior”. Los detalles de la decisión.]]>
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                                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                                <updated>2024-12-19T14:51:23+00:00</updated>
                <published>2024-12-19T14:51:01+00:00</published>
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