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    <title>La Voz de San Justo</title>
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    <updated>2026-04-13T18:40:06+00:00</updated>
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            Deudas de tarjetas de crédito: la ley establece cuándo prescriben y qué pueden reclamar los bancos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6E3ZKaonPwtmQzWyUDZE05xJkak=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/10/deuda_tarjeta_de_credito.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La prescripción de una deuda de tarjeta de crédito es una de las dudas más frecuentes entre los consumidores que atraviesan dificultades financieras. La Ley 25.065, que regula el sistema de tarjetas de crédito en Argentina, es muy específica al respecto y establece plazos claros para que las entidades financieras puedan iniciar acciones legales para el cobro de la deuda.</p><p>La clave se encuentra en el artículo 47 de dicha ley, que diferencia dos tipos de acciones legales con plazos distintos. Es fundamental entender que la deuda no "desaparece", sino que lo que prescribe (es decir, lo que se extingue por el paso del tiempo) es el derecho del banco o entidad financiera a reclamarla judicialmente.</p>Plazos claros: un año para la vía ejecutiva, tres para la ordinaria<p>El artículo 47 de la ley establece textualmente: "Las acciones de la presente ley prescriben: a) Al año, la acción ejecutiva. b) A los tres (3) años, las acciones ordinarias".</p><p>Esto se traduce de la siguiente manera:</p>Acción Ejecutiva (prescribe al año): El banco tiene un plazo de un año desde que la deuda entró en mora para iniciar un "juicio ejecutivo". Este es un proceso judicial más rápido y simplificado, donde se busca el cobro de la deuda de forma expeditiva. Pasado ese año, la entidad pierde el derecho a utilizar esta vía ágil.Acciones Ordinarias (prescriben a los tres años): Si el banco no inició un juicio ejecutivo en el primer año, todavía tiene la posibilidad de recurrir a un "juicio ordinario". Para esta vía, que es un proceso legal más largo y complejo, el plazo de prescripción es de tres años desde que la deuda se hizo exigible.<p>Una vez transcurridos estos tres años sin que el banco haya iniciado ninguna acción judicial, la deuda se considera prescripta y ya no puede ser reclamada por la vía legal.</p>¡Atención! La interrupción de la prescripción<p>Es crucial tener en cuenta que estos plazos pueden ser interrumpidos, lo que significa que el conteo vuelve a empezar desde cero. La prescripción se interrumpe por dos motivos principales:</p>Reclamo fehaciente: Si el banco envía una notificación formal y legalmente válida (como una carta documento) intimando al pago, el plazo se interrumpe.Reconocimiento de la deuda: Cualquier pago parcial, por mínimo que sea, o la firma de un plan de pagos, es considerado un reconocimiento de la deuda por parte del titular, lo que también reinicia el conteo del plazo de prescripción.&nbsp;]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6E3ZKaonPwtmQzWyUDZE05xJkak=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/10/deuda_tarjeta_de_credito.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Ley 25.065 es clara. Las entidades financieras tienen un año para iniciar una acción ejecutiva y tres años para un juicio ordinario. ¡Conocé los detalles!]]>
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                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                <updated>2026-04-13T18:40:06+00:00</updated>
                <published>2025-10-12T17:20:18+00:00</published>
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            Se extiende hasta el 18 de octubre el Plan de Regularización de Deudas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XVoVMe2Sj3MXJO1kUgtEAxljTc8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/tasas_municipales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Secretaría de Economía informó que se extiende el plazo hasta el 18 de octubre para regularizar las deudas correspondientes a tasas y contribuciones de la municipalidad de San Francisco.&nbsp;</p><p>Este plan especial de pagos está disponible para aquellas obligaciones vencidas hasta el 31 de julio de 2024 e incluye deudas relacionadas con tasas sobre Inmuebles, Vehículos Automotores, Acoplados y Similares, Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, Contribución por Mejoras, Servicios Sanitarios, servicios relacionados a cementerios y otras, contribuciones o derechos no mencionados previamente.</p><p>Los interesados por adherirse a la propuesta tendrán diversas modalidades de pago con descuentos:</p>Las cuotas no podrán ser inferiores a $ 5.000 y la primera debe ser abonada al momento de la adhesión. Se permite la cancelación anticipada de cuotas, descontando los intereses correspondientes, o por el contrario, por la falta de pago de tres cuotas consecutivas o alternadas, el plan de regularización de deuda caduca, lo que implica la pérdida de los beneficios y actualización de intereses de mora.Los contribuyentes con deudas en otros programas podrán solicitar el ingreso al nuevo plan, con recálculo de la deuda según las nuevas condiciones. Además, se podrán incluir deudas en Procuración Fiscal, debiendo abonar los honorarios y gastos pertinentes.]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XVoVMe2Sj3MXJO1kUgtEAxljTc8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/tasas_municipales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Aplica para todas las tasas municipales con deudas vencidas hasta el 31 de julio de 2024.]]>
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                                <category term="san-francisco" label="San Francisco" />
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                <published>2024-10-02T16:11:10+00:00</published>
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            Se extiende la vigencia del Plan de Regularización de Deudas Municipales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/J6Wnh5U_CmdWm9S9hFT9nKsJrIk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/09/secretaria_de_economia.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Hasta el último día de septiembre continúa vigente el Plan de Regularización de Deudas que incluye tasas y contribuciones de la municipalidad de San Francisco.</p><p>Desde la Secretaría de Economía se establecieron diversas modalidades de pago que incluyen descuentos al servicio de los contribuyentes. Para la opción de pago de contado se aplica el 60 % de descuento del monto correspondiente a los intereses.</p><p>En tanto, para aquellos que opten por el pago en tres cuotas accederán a un 40 % de descuento en los intereses de la deuda y los que elijan la opción de 6 cuotas recibirán un 20 % de descuento. Igualmente, los contribuyentes podrán acceder a una financiación de su deuda en un plan de hasta 12 cuotas, aunque en este caso no recibirán ningún tipo de descuento.</p><p>Este plan especial de pagos está disponible para aquellas obligaciones vencidas hasta el 31 de julio de 2024 e incluye deudas relacionadas con Tasa sobre Inmuebles, Tasa sobre Vehículos Automotores, Acoplados y Similares, Tasa sobre Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, Contribución por Mejoras, Tasa sobre Servicios Sanitarios, Tasa por Servicios relacionados a Cementerios y Otras Tasas, contribuciones o derechos no mencionados previamente.</p><p>Vale aclarar que las cuotas no podrán ser inferiores a $5.000, y la primera debe ser abonada al momento de la adhesión.</p><p>También es importante señalar que el plan caducará por la falta de pago de tres cuotas consecutivas o alternadas. La caducidad implicará la pérdida de los beneficios y la deuda será recalculada y actualizada.</p><p>Los contribuyentes con deudas en otros programas podrán solicitar el ingreso al nuevo plan, con recálculo de la deuda según las nuevas condiciones. Además, se podrán incluir deudas en Procuración Fiscal, debiendo abonar los honorarios y gastos pertinentes.</p><p>Quedan excluidas las deudas de agentes de retención, sentencias penales, entidades financieras, compañías de seguros y funcionarios públicos en actividad.</p><p>Por otra parte, se permite la cancelación anticipada de cuotas, descontando los intereses correspondientes.</p><p>Para más información, los contribuyentes pueden visitar el sitio web oficial www.sanfrancisco.gov.ar o acudir a las oficinas de la Secretaría de Economía, Libertad 1168.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/J6Wnh5U_CmdWm9S9hFT9nKsJrIk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/09/secretaria_de_economia.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Hasta el final del mes continúa vigente el plan que incluye tasas y contribuciones.]]>
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                                <category term="san-francisco" label="San Francisco" />
                <updated>2026-04-13T18:40:06+00:00</updated>
                <published>2024-09-11T14:25:07+00:00</published>
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            Los sanfrancisqueños ya pueden adherir al Plan de Regularización de Deudas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AhnTAPl2Zd18gBY9TkGi5hzjKFI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/09/municipalidad.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los sanfrancisqueños podrán adherir al Plan de Regularización de Deudas desde este lunes 26 de agosto. El plan de regularización, que estará vigente hasta el 30 de septiembre, tiene como objetivó facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes de nuestra ciudad.</p><p>Dicho plan especial de pagos, que impulsado por el municipio,&nbsp;a través de la Secretaría de Economía, estará disponible para aquellas obligaciones vencidas hasta el 31 de julio de 2024 e incluye deudas relacionadas con Tasa sobre Inmuebles, Tasa sobre Vehículos Automotores, Acoplados y Similares, Tasa sobre Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, Contribución por Mejoras, Tasa sobre Servicios Sanitarios, Tasa por Servicios relacionados a Cementerios y Otras tasas, contribuciones o derechos no mencionados previamente.&nbsp;</p><p>Por otro lado, los contribuyentes que adhieran al plan tendrán una reducción en la tasa de recargos e intereses de financiación. Esta reducción no aplicará sobre el importe del capital de la deuda.</p><p>En cuanto a las formas de pago y bonificaciones: adhiriéndose a este plan hasta el día 10 de septiembre de 2024, las bonificaciones de los intereses serán del 70% en la opción de pago de contado; del 50% de bonificación por pago en 3 cuotas; del 30% de bonificación por pago en 6 cuotas; y un 10% de bonificación por optar por un plan de 12 cuotas, el que incluye intereses de financiación por ese plazo. A partir del 11 de Setiembre y hasta el 30 de septiembre de 2024 las bonificaciones de intereses serán menores.</p><p>Vale mencionar que las cuotas no podrán ser inferiores a $5,000, y la primera debe ser abonada al momento de la adhesión. También es importante señalar que el plan caducará por la falta de pago de tres cuotas consecutivas o alternadas. La caducidad implicará la pérdida de los beneficios y la deuda será recalculada y actualizada.</p><p>Los contribuyentes con deudas en otros programas podrán solicitar el ingreso al nuevo plan, con recálculo de la deuda según las nuevas condiciones. Además, se podrán incluir deudas en Procuración Fiscal, debiendo abonar los honorarios y gastos pertinentes.</p><p>Quedan excluidas las deudas de agentes de retención, sentencias penales, entidades financieras, compañías de seguros y funcionarios públicos en actividad.</p><p>Por otra parte, se permite la cancelación anticipada de cuotas, descontando los intereses correspondientes.</p><p>Para más información, los contribuyentes pueden visitar el sitio web oficial www.sanfrancisco.gov.ar o acudir a las oficinas de la Secretaría de Economía, Libertad 1168.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AhnTAPl2Zd18gBY9TkGi5hzjKFI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2023/09/municipalidad.png" class="type:primaryImage" /></figure>Desde este lunes y hasta el 30 de agosto, entra en vigencia este plan que busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.]]>
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                                <category term="san-francisco" label="San Francisco" />
                <updated>2024-08-26T22:22:26+00:00</updated>
                <published>2024-08-26T22:22:24+00:00</published>
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        <title>
            El municipio lanzó un nuevo plan de regularización de deudas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0GNlw2wtor6ChARQN0IJJBVGg2s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/08/secretaria_de_economia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, la Municipalidad de San Francisco, a través de la Secretaría de Economía, implementará un “Plan de Regularización de Deudas 2024”, que estará en vigencia desde el 26 de agosto de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2024.</p><p>Dicho plan especial de pagos estará disponible para aquellas obligaciones vencidas hasta el 31 de julio de 2024 e incluye deudas relacionadas con Tasa sobre Inmuebles, Tasa sobre Vehículos Automotores, Acoplados y Similares, Tasa sobre Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, Contribución por Mejoras, Tasa sobre Servicios Sanitarios, Tasa por Servicios relacionados a Cementerios y Otras tasas, contribuciones o derechos no mencionados previamente.</p><p>Por otro lado, los contribuyentes que adhieran al plan tendrán una reducción en la tasa de recargos e intereses de financiación. Esta reducción no aplicará sobre el importe del capital de la deuda.</p><p>En cuanto a las formas de pago y bonificaciones: adhiriéndose a este plan hasta el día 10 de septiembre de 2024, las bonificaciones de los intereses serán del 70% en la opción de pago de contado; del 50% de bonificación por pago en 3 cuotas; del 30% de bonificación por pago en 6 cuotas; y un 10% de bonificación por optar por un plan de 12 cuotas, el que incluye intereses de financiación por ese plazo. A partir del 11 de Setiembre y hasta el 30 de septiembre de 2024 las bonificaciones de intereses serán menores.</p><p>Vale aclarar que las cuotas no podrán ser inferiores a $5,000, y la primera debe ser abonada al momento de la adhesión.&nbsp;</p><p>También es importante señalar que el plan caducará por la falta de pago de tres cuotas consecutivas o alternadas. La caducidad implicará la pérdida de los beneficios y la deuda será recalculada y actualizada.</p><p>Los contribuyentes con deudas en otros programas podrán solicitar el ingreso al nuevo plan, con recálculo de la deuda según las nuevas condiciones. Además, se podrán incluir deudas en Procuración Fiscal, debiendo abonar los honorarios y gastos pertinentes.</p><p>Quedan excluidas las deudas de agentes de retención, sentencias penales, entidades financieras, compañías de seguros y funcionarios públicos en actividad.</p><p>Por otra parte, se permite la cancelación anticipada de cuotas, descontando los intereses correspondientes.</p><p>Para más información, los contribuyentes pueden visitar el sitio web oficial www.sanfrancisco.gov.ar o acudir a las oficinas de la Secretaría de Economía,&nbsp;Libertad&nbsp;1168.</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0GNlw2wtor6ChARQN0IJJBVGg2s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/08/secretaria_de_economia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Estará disponible para aquellas obligaciones vencidas hasta el 31 de julio de 2024 y tendrá vigencia desde el 26 de agosto hasta el 30 de septiembre. En la nota toda la información sobre las ventajas del plan especial de pagos.]]>
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