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    <title>La Voz de San Justo</title>
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    <updated>2026-04-13T18:40:06+00:00</updated>
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            Prestación por Desempleo de ANSES: quiénes pueden acceder, cuánto se cobra y cómo tramitarla
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/55ZY_3NVMOtWwIREjER75LpXgac=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/03/billetes_20_mil.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene vigente una prestación económica destinada a personas que perdieron su empleo, con el objetivo de acompañarlas durante el período de búsqueda laboral.</p><p>El programa está dirigido a trabajadores en relación de dependencia que quedaron sin trabajo por causas ajenas a su voluntad, como despidos sin causa o finalización de contrato. Según datos del sistema de Seguridad Social, más de 150.000 trabajadores cobraron esta prestación durante 2025.</p><p>Se trata de un ingreso temporal, que busca sostener a los beneficiarios mientras intentan reinsertarse en el mercado laboral. Además, el esquema contempla el acceso a otras ayudas vinculadas a la situación familiar del titular.</p>Qué incluye la prestación de ANSES<p>Quienes acceden al beneficio mantienen el derecho a distintas asignaciones, entre ellas:</p>Asignación por prenatalAsignación por hijoAyuda escolar anualAsignaciones por matrimonio, nacimiento o adopciónQuiénes pueden acceder<p>La prestación alcanza a trabajadores en relación de dependencia que pierden su empleo sin causa o por finalización del vínculo laboral.</p><p>Los requisitos varían según el tipo de trabajo:</p>Trabajadores permanentes: deben acreditar al menos 6 meses de aportes en los últimos 3 años previos al despido.Trabajadores eventuales o de temporada: deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y contar con más de 90 días de aportes en el último año.Trabajadores de la construcción: pueden acceder con al menos 8 meses de aportes en los últimos 2 años.Cuánto se cobra en marzo<p>El monto de la prestación se calcula en base a:</p>Los ingresos previos del trabajadorLos meses con aportes registrados<p>El sistema establece un esquema de cuotas mensuales:</p>Entre 2 y 12 cuotas para trabajadores en relación de dependenciaEntre 3 y 8 cuotas para trabajadores de la construcción<p>Además, las personas mayores de 45 años pueden acceder a una extensión de 6 meses adicionales.</p>Cómo tramitar la prestación<p>El trámite requiere presentar documentación que acredite la situación de desempleo:</p>DNI (original y copia)Telegrama de despido, carta documento o notificación del empleadorEn algunos casos: constancia de quiebra, contrato vencido o certificado de defunción del empleador<p>La gestión puede realizarse:</p>A través de Atención Virtual, con CUIL y clave de la seguridad socialEn una oficina de ANSES, con turno previoCómo se cobra la ayuda<p>Una vez aprobado el trámite, ANSES gestiona el pago mediante una Caja de Ahorro de la Seguridad Social.</p>El primer cobro se realiza por ventanilla bancariaLuego, el beneficiario recibe una tarjeta de débito para operar en cajeros automáticos<p>El titular debe informar el inicio de una nueva actividad laboral y solicitar la suspensión del beneficio dentro de los 5 días hábiles.</p>Qué pasa si no se cumplen los requisitos<p>Quienes no alcanzan el tiempo mínimo de aportes no pueden acceder a la prestación por desempleo.</p><p>Sin embargo, si el trámite fue iniciado y luego suspendido, existe la posibilidad de reactivarlo dentro de los dos años, siempre que la persona haya trabajado formalmente al menos 12 meses en ese período.</p><p>En estos casos, también se puede evaluar el acceso a otras ayudas o programas sociales, según la situación laboral de cada solicitante.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/55ZY_3NVMOtWwIREjER75LpXgac=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2026/03/billetes_20_mil.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La ANSES, mientras tanto, sigue con los pagos correspondientes al tercer mes del año.]]>
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                <updated>2026-04-13T18:40:06+00:00</updated>
                <published>2026-03-17T11:26:34+00:00</published>
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