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    <title>La Voz de San Justo</title>
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    <updated>2026-04-13T18:40:06+00:00</updated>
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            Usucapión: Río Segundo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4D2nTe-tq4eYtLnSolVDWyfoAsA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/edictos_judiciales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Sr. DIAZ BIALET Juan Pablo a cargo del Juzgado CIV. COM. CONC. Y FAMILIA 1a Nom de la ciudad de Río Segundo, secretaría a cargo de Ruiz Jorge Humberto, situado en calle Juan Domingo Perón 372 esq. Perú de la ciudad de Río Segundo, en autos caratulados “BRUNO, EDUARDO ESTEBAN - USUCAPIÓN-MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION” (11259728), se ha dictado la siguiente resolución: RÍO SEGUNDO, 26/06/2025. Admítase la demanda de Usucapión del inmueble que se designa, según plano de mensura, como Lote ubicado en Departamento Río Segundo, designado como Lote 528856-457271, Expte 0033-122747/2021, con una superficie de 18 Ha 6125 m2, que afecta en forma parcial la matrícula 1618188; y según título como fracción de terreno de campo con superficie de 152 has 23 as 66 ca ubicado en Pedanía Quebracho, Departamento Río Segundo, inscripto en la matrícula N° 1618188; y en la Dirección General de Catastro bajo el número de cuenta N°250628025335. Dése el trámite de juicio ordinario. Cítese y emplácese a los demandados, sucesores de Giupponi, Catalina Antonia; Giupponi, Marcos Regino; Giupponi, Fortunato Antonio; Giupponi, Angelina; Giupponi María Rosa; Giupponi, Carmen Antonia; sucesores de Ostertag, Luis Carlos; y al Sr. Melo, Víctor Hugo, para que en el término de diez (10) comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese y emplácese a los que se consideren con derecho al inmueble objeto de la usucapión por edictos que se publicarán por diez días a intervalos regulares en un período de treinta en el Boletín Oficial y en diario autorizado de la localidad más próxima al inmueble, para que en el término de veinte días contados desde la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento. Dése intervención al Defensor Público. Cítese en calidad de terceros a los colindantes, a la Provincia de Córdoba,&nbsp; la Municipalidad del lugar de ubicación del inmueble, y a quienes surjan de los informes requeridos conforme el inc. 1 del art. 781 del CPCC como posibles titulares de derechos, cuya existencia no resulte confirmada por el informe registral, para que en el término de tres días tomen conocimiento del juicio y si considerasen afectados sus derechos soliciten participación como demandados (art. 784 del CPCC.), haciendo saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. Exhíbanse los edictos en la Municipalidad y en el Juzgado de Paz que corresponda a la ubicación del inmueble (art. 785 C.P.C), a cuyo fin ofíciese. Ofíciese al Sr. Oficial de Justicia a los fines de colocar el cartel indicativo (art.786 del C.P.C).&nbsp; Notifíquese. Fdo: Díaz Bialet Juan Pablo, Juez- Alfieri David Lucila del Valle, Prosecretario-.&nbsp;&nbsp;</p><p>Ed. 47053 Vto. 25/09/2025</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4D2nTe-tq4eYtLnSolVDWyfoAsA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/10/edictos_judiciales.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En los autos caratulados “BRUNO, EDUARDO ESTEBAN - USUCAPIÓN-MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION” (11259728).]]>
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                                <category term="edictos" label="Edictos" />
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                <published>2025-09-12T09:00:00+00:00</published>
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            Río Segundo: falleció una mujer, que sufrió la descarga eléctrica de un artefacto doméstico
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GtEgtYPYeq4Fb6wSRNJCSodK10M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/05/rio_segundo.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>En la tarde de este jueves, una mujer de 56 años falleció en una vivienda de Río Segundo, tras sufrir quemaduras en su cuerpo, provocadas por la descarga eléctrica que le generó un artefacto doméstico en mal funcionamiento.&nbsp;</p><p>El deceso fue confirmado por un servicio de emergencias que se hizo presente en el domicilio de calle Costanera, según precisó la Departamental Río Segundo de la Policía.</p><p>El diario Villa María Vivo detalló que el fatal acontecimiento generó conmoción en el barrio, donde vecinos manifestaron su preocupación por el estado de algunas instalaciones eléctricas en viviendas precarias.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GtEgtYPYeq4Fb6wSRNJCSodK10M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/05/rio_segundo.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El fatal episodio ocurrió en la tarde de este jueves, en una vivienda precaria ubicada en calle Costanera. El deceso fue confirmado por un servicio de emergencias y vecinos manifestaron su preocupación por el estado de las instalaciones eléctricas.]]>
                </summary>
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                <updated>2025-05-17T18:57:29+00:00</updated>
                <published>2025-05-17T18:57:10+00:00</published>
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            Agroquímicos: se clausuraron dos máquinas autopropulsadas en Devoto y Oncativo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Zr3rJvOOkP09HLlrkSmMDlf4bak=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/07/agroquimicos.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Dirección General de Fiscalización y Control del Ministerio de Bioagroindustria de la Provincia de Córdoba, realizó controles de oficio en establecimientos agropecuarios ubicados en las localidades de Devoto y Oncativo.</p><p>Se fiscalizaron depósitos de productos fitosanitarios para verificar las condiciones de infraestructura y operatividad de los mismos como lo indica el Anexo II del decreto reglamentario 132/05.</p><p>Como resultado de las inspecciones, se procedió a la clausura preventiva de 2 máquinas autopropulsadas debido a que no poseían las habilitaciones vigentes ante este Ministerio.</p><p>Por otro lado, se realizaron inspecciones en establecimientos agropecuarios de la zona rural de dichas localidades para controlar el uso de la Receta Fitosanitaria Digital (RFD).</p><p>Cabe aclarar que toda aplicación de productos fitosanitarios debe ser realizada con equipo y operario habilitado para tal fin y la aplicación debe ser prescripta a través de RFD, la cual es emitida por un asesor fitosanitario.</p><p>Para realizar denuncias y consultas comunicarse al 0800-8888-2476 o a través de la web ingresando en https://dgfyc-mayg.hub.arcgis.com/</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Zr3rJvOOkP09HLlrkSmMDlf4bak=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2024/07/agroquimicos.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Técnicos del Ministerio de Bioagroindustria realizaron controles de oficio en establecimientos agropecuarios ubicados en los departamentos San Justo y Río Segundo.]]>
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                <updated>2024-07-12T19:05:54+00:00</updated>
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