<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<feed xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom">
    <id>https://www.lavozdesanjusto.com.ar/feed-etiqueta/tarjeta-de-debito</id>
    <link href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/feed-etiqueta/tarjeta-de-debito" rel="self" type="application/atom+xml" />
    <title>La Voz de San Justo</title>
    <subtitle></subtitle>
    <updated>2025-03-12T21:22:50+00:00</updated>
        <entry>
        <title>
            ARCA exigirá más información a los bancos sobre las compras con tarjetas en el exterior
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/arca-exigira-mas-informacion-a-los-bancos-sobre-las-compras-con-tarjetas-en-el-exterior" type="text/html" title="ARCA exigirá más información a los bancos sobre las compras con tarjetas en el exterior" />
        <id>https://www.lavozdesanjusto.com.ar/arca-exigira-mas-informacion-a-los-bancos-sobre-las-compras-con-tarjetas-en-el-exterior</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[La Voz de San Justo ]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/arca-exigira-mas-informacion-a-los-bancos-sobre-las-compras-con-tarjetas-en-el-exterior">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pRyQKy4U1Yn4OkLNxpamuZPXPMs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/03/tarjetas_de_debito_credito.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) empezará a exigir, desde julio del 2025, más información a los bancos sobre las compras realizadas con tarjetas de crédito y débito de los argentinos en el exterior.</p><p>La decisión se da mediante la modificación del régimen de información de la actividad financiera, en su apartado “detalles de la información a suministrar” por las entidades administradoras de tarjetas, a través de la Resolución General 5662/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.</p><p>A partir de su aplicación en los vencimientos que operen desde el 1 de julio de este año, las entidades emisoras de tarjetas deberán brindar una serie de datos adicionales para garantizar la correcta fiscalización y control por parte del organismo.</p><p>Entre los nuevos requisitos, se establece la obligación de comenzar a informar la marca de la tarjeta, la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la entidad emisora, la identificación de la moneda de origen y del número del comercio donde se realizó la operación.</p><p>Con las modificaciones implementadas, las entidades bancarias deberán detallar la siguiente información sobre las operaciones en el exterior correspondiente a tarjetas de titulares emitidas en el país:</p>Número y marca de la tarjeta de crédito, de compra y/o de débito.Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la entidad emisora.Fecha de la operación.Identificación del país y de la moneda de origen.&nbsp;Monto de la operación en moneda extranjera y en pesos.Nombre del comercio, junto con su código de rubro y número de identificación.<p>Asimismo, el organismo precisó que requerirá, con los cambios dispuestos, la misma información para consumos efectuados por titulares adicionales y beneficiarios de extensiones de las tarjetas emitidas en el país.</p><p>En este marco, aclaró que “los códigos de rubros a informar son aquéllos previstos en el Merchant Category Code (MCC) utilizado por las entidades administradoras de tarjetas de crédito en base a los códigos de la Organización Internacional de Normalización (ISO), códigos de Clasificación Industrial Estándar (SIC) y/o sus equivalentes o los que los reemplacen en el futuro”.</p><p>En la normativa, ARCA consideró necesarias las adecuaciones llevadas a cabo “en virtud de la experiencia recogida durante la aplicación del mencionado régimen y con el fin de facilitar a los responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, como así también dotar al Organismo de información relevante a los fines de ejercer sus funciones de control”.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pRyQKy4U1Yn4OkLNxpamuZPXPMs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/03/tarjetas_de_debito_credito.png" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo modificó el régimen de información de la actividad financiera.]]>
                </summary>
                                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                                <updated>2025-03-12T21:22:50+00:00</updated>
                <published>2025-03-12T20:59:32+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            El Gobierno habilitó la opción de pagar en dólares con débito o en cuotas: desde cuándo
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/el-gobierno-habilito-la-opcion-de-pagar-en-dolares-con-debito-o-en-cuotas-desde-cuando" type="text/html" title="El Gobierno habilitó la opción de pagar en dólares con débito o en cuotas: desde cuándo" />
        <id>https://www.lavozdesanjusto.com.ar/el-gobierno-habilito-la-opcion-de-pagar-en-dolares-con-debito-o-en-cuotas-desde-cuando</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[La Voz de San Justo ]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.lavozdesanjusto.com.ar/el-gobierno-habilito-la-opcion-de-pagar-en-dolares-con-debito-o-en-cuotas-desde-cuando">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/T03a-qTjonX8wNhwp1TAF6Ysl3M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/02/tarjeta_dolares_debito_cuotas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Banco Central de la República Argentina (Bcra) oficializó este miércoles la adecuación para implementar los pagos en cuotas con dólares, junto con la posibilidad de abonar con tarjeta de débito y códigos QR con la divisa estadounidense.</p><p>La medida anunciada por la entidad a mediados de enero quedó reglamentada mediante la Comunicación "A" 8180/2025, que fue publicada en el Boletín Oficial, y significa un nuevo avance en la competencia de monedas impulsada por la administración de Javier Milei.</p><p>La opción de realizar una compra en cuotas con dólares estará habilitada por medio de la utilización del débito inmediato (Debin) recurrente para pagar la adquisición de bienes o servicios en cuotas, en una variante que se denomina “DEBIN programado”. La puesta en marcha tiene como fecha límite el 28 de febrero, para que las entidades involucradas se adapten y puedan empezar a ofrecer este mecanismo.</p><p>En el texto normativo, quedó estipulado que “la cantidad de cuotas, y su monto, son fijas y establecidas de antemano”, aclarando que “cada plan de pagos debe ser objeto de una adhesión individual” y que “el cliente receptor solo puede solicitar la adhesión a través del cliente ordenante”.</p><p>En ese sentido, se determinó que la operación debe ser autorizada primeramente por el cliente receptor y quedó establecido que una vez tramitado el aval correspondiente, la adhesión tiene efecto inmediato.</p><p>Al mismo tiempo, se precisó que “una vez abonada la última cuota, no requiere pedido de baja de la adhesión por parte del cliente receptor” y se remarcó que “tanto el cliente receptor como el cliente ordenante pueden solicitar la baja del plan en cualquier momento”.</p><p>El BCRA también fijó que las reversiones y contracargos solo serán aplicables a la primera cuota y definió que los resúmenes de cuenta deberán identificar estos débitos con la etiqueta "DEBIN programado", incluyendo el nombre del ordenante, el monto y el número de cuota correspondiente.</p><p>Por otro lado, la entidad monetaria informó que “el DEBIN programado no puede ser utilizado por clientes ordenantes cuya actividad o rubro comercial sea lotería, casinos u otros juegos de azar”.</p><p>En relación a la iniciativa de incorporar al sistema de QR interoperable los pagos con tarjeta de débito en pesos y dólares, expresó que “esta medida amplía las posibilidades y mejora la experiencia de los clientes y de los comercios que podrán realizar y recibir pagos con cualquier instrumento que tengan enrolado en su billetera, simplemente escaneando cualquier código QR”.</p><p>Al respecto, el texto oficial dispuso que “los pagos con tarjeta de débito en dólares estadounidenses deben estar disponibles para los comercios que deseen aceptar esa modalidad de pago”. Esta disposición entrará en vigencia a partir del 1 de abril del corriente año.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/T03a-qTjonX8wNhwp1TAF6Ysl3M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lvdsjcdn.eleco.com.ar/media/2025/02/tarjeta_dolares_debito_cuotas.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El BCRA publicó la reglamentación para efectuar compras en cuotas con moneda estadounidense.]]>
                </summary>
                                                <category term="nacionales--171" label="Nacionales " />
                                <updated>2025-02-05T15:09:58+00:00</updated>
                <published>2025-02-05T15:09:22+00:00</published>
    </entry>
    </feed>